
Recientemente, el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) publicó una norma sobre pagos inmediatos con alias, principalmente con el fin de agilizar las transferencias interbancarias, ¿qué implicancia tiene?
Entre las disposiciones, definió qué datos se usarán para identificar al usuario y asociarlo con su respectiva cuenta bancaria. “Puede ser el número de celular, el Documento Nacional de Identidad (DNI), u otros identificadores aprobados por el Banco Central”, señala la circular del instituto emisor.
A la fecha, según han confirmado los especialistas consultados, ninguna entidad financiera ofrece la posibilidad de realizar transferencias con el número del DNI.
Nada impide que los bancos puedan dar la opción a los clientes de usar su documento de identidad como identificador o alias. La circular del BCRP (publicada en julio), incluye explícitamente esa posibilidad, junto con otros datos como el número de teléfono o un QR, precisó una fuente del sector.

“La idea es que los usuarios, ya sea que transfieran a una cuenta bancaria, a un Yape, a un Plin o usen alguna otra modalidad, puedan hacerlo solamente sabiendo, por ejemplo, el número de DNI de la otra persona”, refirió Luis Miguel Garrido, asociado principal del estudio Rubio Leguía Normand.
El objetivo sería facilitar las transferencias con la habilitación de un alias que sea sencillo de recordar, enfatizó
Inseguridad
Daniel Chicoma, docente de la Universidad Esan, expresó su preocupación sobre los estándares de seguridad que implementarán los bancos para asegurar que un dato tan sensible como el DNI no pueda filtrarse.
El analista admitió, además, que algunas personas podrían mostrar recelo en compartir el número de su documento de identidad.
“El DNI es muy interesante, es muy atractivo (como identificador), pero en Perú, hasta que no se resuelva el tema de la inseguridad ciudadana, resulta muy complicado establecerlo sin que sea un tema de preocupación por la ciberseguridad”, opinó.
Chicoma consideró que sería importante que exista una doble autenticación, de forma que las operaciones requieran el número del DNI, pero aparte algún otro dato. Asimismo, señaló que es relevante poder realizar un seguimiento al dinero, para que la persona pueda recuperar su capital en caso sea víctima de algún tipo de robo o estafa.
El Instituto emisor permitirá el DNI como alias, pero no será el único y no será el principal, según el docente de Esan.
“Ya está la propuesta (del BCRP); ahora depende de los bancos, cajas y financieras”, expresó.
Proveedores
Raúl Mogollón, subgerente adjunto de administración de riesgo operativo del BCP, opinó que en la circular del BCRP se deja abierta la posibilidad de que en el futuro otros datos como el RUC o el carnet de extranjería puedan ser consignados como alias.
“El DNI es un dato sensible. Ahora la norma señala que (para los pagos inmediatos con alias) debe haber proveedores de servicios tecnológicos críticos (que son los que gestionan los directorios o bases de datos donde se almacenan los identificadores de los usuarios) que deben garantizar, por ejemplo, confidencialidad, integridad, continuidad operativa y resiliencia (según marco legal vigente del sistema nacional de pagos)”, acotó el ejecutivo.

Reduciría errores operativos
La decisión de incorporar el DNI como identificador está pensada principalmente para aquellas personas que “no manejan tanto la tecnología del QR” y apunta a una mayor inclusión en el sistema nacional de pagos, indicó Luis Miguel Garrido. “Creo que la idea, en general, es poder ingresar (como alias) un dato más sencillo que el número de cuenta. Eso puede incluso reducir la cantidad de errores operativos que existen”, añadió.

Economista con trayectoria en periodismo y medios digitales.
Operaciones. Se hacen principalmente con número de celular.







