
El Documento Nacional de Identidad digital (DNId) tendrá el mismo valor legal, eficacia jurídica y fuerza probatoria que el DNI físico, por lo que podrá utilizarse para acreditar la identidad tanto en trámites presenciales como virtuales, según los lineamientos aprobados por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).
La Resolución Jefatural N.° D000012-2026-RENIEC/JNAC, publicada en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, dispone que la emisión del DNId será progresiva y de carácter voluntario. Además, precisa que este documento no reemplazará al DNI físico, sino que coexistirá con las versiones convencional y electrónica.
Uno de los principales cambios es que los ciudadanos podrán compartir únicamente la información necesaria para cada trámite, autorizando el acceso mediante autenticación biométrica o un código PIN.
Asimismo, la verificación del DNId se realizará con códigos QR dinámicos y temporales respaldados por mecanismos criptográficos, por lo que una fotografía o captura de pantalla no será válida para acreditar la identidad.
Requisitos para obtener tu DNId
Los lineamientos también establecen los requisitos y el procedimiento para obtener el DNId cuando el servicio esté habilitado.
Entre ellos figura que se deberá contar con un DNI (convencional o electrónico) vigente, un teléfono inteligente compatible y superar un proceso de validación de identidad, que combina factores biométricos, información personal y la verificación del documento físico. Además, los padres podrán gestionar el DNI digital de sus hijos menores de edad.
En ese contexto, estos lineamientos establecen el modelo de confianza de las credenciales verificables (DPI) con la interacción de tres actores: emisor, verificador y el titular (ciudadano); siendo Reniec el emisor, las entidades públicas y privadas que adopten el DNId como mecanismo de verificación se constituyen en los verificadores y; los ciudadanos que opten por obtener su DNId se constituyen en los titulares de sus credenciales verificables.
Con esta normativa, el Reniec cumple con el plazo establecido por el Decreto Supremo N.° 098-2025-PCM y da un paso hacia la implementación de la identidad digital en el país, fortaleciendo la transformación digital de los servicios públicos.







