
Desde el 2016, entró en vigor la norma que permite a los afiliados a las AFP llevarse a suma alzada, al momento de la jubilación, hasta el 95.5% del patrimonio acumulado en su fondo de pensiones, ¿qué claves que deben conocer los ahorristas?
Los jubilados pueden acceder a una pensión frecuente bajo diferentes modalidades. Por ejemplo, existe el retiro programado, donde la AFP paga un ingreso mensual hasta agotar el saldo; y la renta vitalicia, donde una aseguradora desembolsa una pensión al afiliado de por vida.
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El dilema es grande porque los jubilados están jugándose su futuro en esta decisión.
Algunos pueden retirar el 95.5% para destinarlo a una inversión inmobiliaria, adquirir un vehículo para trabajar haciendo taxi, o desarrollar otro tipo de negocio. De esa manera, esperan generar un ingreso recurrente.

Sin embargo, el riesgo que se corre es que el emprendimiento escogido por el jubilado no prospere.
En contraste, la opción de una pensión frecuente, en particular la renta vitalicia, ofrece la seguridad de recibir un ingreso fijo.
Frente a ese dilema, los especialistas recomiendan tener en cuenta la mortandad de los negocios. Según Yang Chang, docente de la Universidad de Piura, un jubilado solo debería invertir en un negocio que ya conoce de antemano y preferentemente que ya esté funcionando. Además, según el especialista, solo tiene sentido cuando el monto acumulado en la cuenta de capitalización individual es considerable.
Aparte del negocio propio, otro destino del 95.5% retirado puede ser una inversión financiera, lo que, según Chang, es interesante, de nuevo, solo cuando el fondo es relativamente grande.
“Con un fondo muy pequeño, lamentablemente, conviene más a tratar de aplicar a la pensión mínima y dejar el dinero ahí en lugar de sacarlo porque no se puede hacer nada (con ese capital)”, afirmó.
“Si tienes S/ 10,000 o S/ 20,000 no te va a servir de nada. Ahora, si tienes S/ 100,000, con un rendimiento de 10% en una inversión financiera, te puede dar S/ 10,000 anuales, que es interesante”, estimó.

“Las estadísticas dicen que ocho de cada diez emprendimientos cierran. Si va a invertir en un negocio, tendría que ser muy bien evaluado, principalmente estudiando el mercado, que sea un producto o servicio que (efectivamente) tenga demanda”, expresó Arturo García, director del Colegio de Economistas de Lima.
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No solo pueden solicitar el beneficio del retiro 95.5% los afiliados que cumplan la edad de jubilación, sino también aquellos que acceden a la jubilación anticipada.
Tanto Chang como García coincidieron además en que la jubilación no es la etapa más propicia para iniciar un negocio propio, pues demanda no solo capital, sino también tiempo y esfuerzo.

Economista con trayectoria en periodismo y medios digitales.







