Empresas de jóvenes accederían a menor Impuesto a la Renta y subsidios para contratar. |  Foto: Freepik.
Empresas de jóvenes accederían a menor Impuesto a la Renta y subsidios para contratar. | Foto: Freepik.

Un nuevo proyecto de ley, como parte del ahora Congreso de la República bicameral, busca crear un régimen especial para impulsar empresas lideradas por jóvenes de entre 18 y 29 años, con beneficios que van desde una tasa reducida del Impuesto a la Renta (IR) hasta deducciones adicionales por contratación, innovación y transformación digital.

La propuesta, denominada “Ley Mi Primera Empresa”, fue presentada por la diputada Roxana Rocha Gallegos y apunta a promover la creación, formalización y crecimiento de empresas y startups juveniles.

El planteamiento aparece en un contexto en el que el emprendimiento juvenil tiene una presencia importante, pero enfrenta problemas de sostenibilidad. Según la información recogida en la exposición de motivos, al cierre de 2025 existían 280,196 micro y pequeñas empresas formales conducidas por jóvenes de 18 a 29 años, de las cuales el 96.5% eran microempresas. Además, casi nueve de cada diez se concentraban en comercio y servicios.

Nuevo régimen para jóvenes: proponen tasa reducida. | Composición EC: Freepik / Andina
Nuevo régimen para jóvenes: proponen tasa reducida. | Composición EC: Freepik / Andina

Impuesto a la Renta bajaría a 10%

Uno de los principales cambios se encuentra en materia tributaria. Las empresas juveniles que generen rentas de tercera categoría y estén acogidas al Régimen General o al Régimen MYPE Tributario podrían aplicar una tasa promocional de 10% sobre su renta neta imponible anual durante el primer ejercicio gravable en el que accedan al beneficio.

La diferencia es especialmente relevante frente al Régimen General, cuya tasa ordinaria del IR empresarial es de 29.5%. Para implementar el beneficio, el proyecto plantea modificar expresamente la Ley del Impuesto a la Renta y las reglas correspondientes al Régimen MYPE Tributario.

El incentivo tendría, sin embargo, una duración limitada. Los beneficios tributarios previstos en la propuesta tendrían una vigencia de un año, contado desde el 1 de enero del ejercicio siguiente a la publicación del reglamento. Una eventual renovación requeriría una nueva ley y tendría que sustentarse en los resultados obtenidos y su costo fiscal.

Doble deducción para determinados gastos

El proyecto incorpora además un incentivo para las empresas que destinen recursos a innovación y digitalización. Estas podrían deducir adicionalmente hasta el 100% de determinados gastos vinculados directamente con innovación tecnológica, transformación digital, investigación científica y desarrollo tecnológico.

El beneficio también alcanzaría la capacitación de trabajadores jóvenes y la adquisición de software, equipos tecnológicos y licencias digitales vinculadas con la actividad empresarial. Cuando se trate de activos fijos o intangibles, la deducción adicional se aplicaría sobre la depreciación o amortización aceptada tributariamente.

La propuesta impide que un mismo gasto genere simultáneamente este incentivo y otro beneficio tributario. En particular, cuando corresponda también la aplicación de los beneficios de la , vinculada a investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación, la empresa tendría que elegir cuál utilizar.

Beneficios por contratar jóvenes en su primer empleo

El componente laboral también incluye incentivos tributarios. Una empresa juvenil que incorpore a un trabajador de entre 18 y 29 años en su primer empleo formal podría deducir adicionalmente un monto equivalente al 50% de la remuneración básica efectivamente pagada durante los primeros 12 meses de la relación laboral.

Para ello, la contratación tendría que representar un incremento neto de la planilla de la empresa. Además, un mismo trabajador no podría generar simultáneamente más de una deducción o incentivo tributario asociado a su contratación.

A ello se sumaría la posibilidad de que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) implemente un subsidio temporal de hasta el 15% de la remuneración mínima vital por cada joven contratado, también por un máximo de 12 meses. No sería un beneficio automático: dependería de convocatorias públicas y de la disponibilidad presupuestal.

La propuesta plantea priorizar, entre otros grupos, a jóvenes en situación de pobreza o vulnerabilidad sociolaboral, personas con discapacidad, residentes en zonas rurales o con elevados niveles de desempleo y egresados de instituciones de educación superior que ingresen por primera vez a un empleo formal.

Empresas de jóvenes accederían a menor Impuesto a la Renta y subsidios para contratar | Foto: Referencial
Empresas de jóvenes accederían a menor Impuesto a la Renta y subsidios para contratar | Foto: Referencial

Menores costos para crear la empresa

Otro frente apunta a reducir las barreras de entrada. Las sociedades que acrediten desde su constitución la participación juvenil exigida quedarían exoneradas, por única vez, de los derechos registrales correspondientes a la reserva del nombre y a la inscripción de su acto constitutivo ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp).

La exoneración no comprendería modificaciones posteriores del estatuto, aumentos de capital, inscripción de poderes, licencias municipales u otras autorizaciones.

Asimismo, se propone implementar mecanismos digitales para facilitar la constitución virtual de estas empresas, la obtención de RUC, licencias y autorizaciones, además de una ventanilla única digital para los emprendimientos juveniles.

Estas medidas se sumarían a un marco mype que actualmente ya contempla mecanismos de simplificación y reducción de costos para la formalización empresarial.

Nuevo fondo para financiar emprendimientos

La iniciativa también plantea crear el Fondo Nacional de Emprendimiento Juvenil e Innovación (FONEJI) dentro del Ministerio de la Producción (Produce).

Este financiaría capital semilla, incubación y aceleración de empresas, asistencia técnica, créditos, garantías, innovación tecnológica, transformación digital e internacionalización.

Los instrumentos crediticios y las garantías serían canalizados a través de Cofide. El diagnóstico incorporado al proyecto señala que, pese a una mayor presencia de jóvenes dentro del sistema financiero, los montos a los que acceden continúan siendo considerablemente menores.

Al cierre de 2025 había 735,707 jóvenes de entre 18 y 29 años con algún crédito mype. Sin embargo, concentraban solo el 8.7% del saldo total de estas colocaciones. Su deuda promedio ascendía aproximadamente a S/ 7,000, frente a los S/ 21,000 registrados entre personas de 30 años a más.

¿Quiénes podrían acceder?

No bastaría con que el fundador sea joven. La propuesta exige que por lo menos el 50% de la participación accionaria o societaria permanezca en manos de jóvenes de entre 18 y 29 años durante todo el periodo en que se utilicen los beneficios.

Además, la empresa tendría que operar en el Perú, encontrarse activa y habida en el RUC y no registrar determinadas sanciones firmes en materia tributaria, laboral, ambiental o de libre competencia.

Para administrar el esquema se crearía un Registro Nacional de Empresas Juveniles Innovadoras a cargo del Produce.

El proyecto todavía deberá pasar por el trámite legislativo correspondiente. De prosperar, supondría un régimen promocional diferenciado por edad que combina incentivos tributarios, subsidios a la contratación, financiamiento y reducción de costos de formalización.

La propuesta ya había sido anunciada como una de las primeras iniciativas de la nueva Cámara de Diputados, bajo la idea de establecer beneficios temporales y mecanismos específicos de financiamiento para emprendimientos juveniles.

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