
Con la entrada en vigencia de la Ley 32732 de crédito suplementario, los trabajadores del régimen de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) podrán acceder al pago de gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad.
Como parte de la serie de modificaciones al régimen CAS que se indican en la ley, se establece que el monto de la gratificación y de la CTS no podrá ser menor a S/ 300.
Para ello, se establece que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) definirá, mediante un decreto supremo, la forma de cálculo, las condiciones y demás disposiciones para su entrega, las cuales estarán sujetas a la disponibilidad presupuestal y al cumplimiento de las reglas fiscales.
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El cálculo de la CTS, agregan, deberá tomar en cuenta el tiempo de servicios acumulado desde el inicio del contrato vigente.
Para financiar estos pagos, se indica que las entidades del Gobierno Nacional y los gobiernos regionales podrán cubrirlos con los recursos autorizados por la propia ley, mientras que los gobiernos locales deberán asumir el costo con cargo a sus respectivos presupuestos institucionales.
Vacaciones y cese por edad
Con la ley se mantiene el derecho de los trabajadores CAS a 30 días calendario de vacaciones remuneradas por cada año de servicios.
Además, se establece que, si el contrato se termina antes de completar un año de labores, el trabajador podrá recibir una compensación vacacional proporcional, calculada por dozavos y treintavos si es que el empleado prestó sus servicios durante, al menos, un mes ininterrumpido en la entidad.
Otro de los cambios fija en 70 años el límite de edad para la extinción del contrato. Pero, el trabajador público que alcance esa edad podrá continuar laborando hasta el 31 de diciembre del mismo año, momento en el que se producirá el cese.
Otros beneficios
La norma también establece que las nuevas prórrogas o renovaciones de los contratos CAS transitorios podrán extenderse por un plazo máximo de cinco años, contados desde la publicación de la Ley 32563. Esto se aplica si la entidad cuenta con el financiamiento necesario para garantizar su sostenibilidad presupuestaria.
Adicionalmente, la nueva ley autoriza, por única vez en 2026, el otorgamiento de una bonificación extraordinaria de S/ 750 para el personal del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar (Inabif), incluidos los trabajadores CAS.
El beneficio será para quienes figuren registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) al 31 de diciembre de 2025 y también a la fecha de entrada en vigencia de la ley.
Este pago tendrá carácter no remunerativo, no pensionable y no estará sujeto a cargas sociales.







