El Ejecutivo propone que las gratificaciones y la CTS de los trabajadores CAS alcancen el 100% de la remuneración recién en el año 2030. Foto: Andina.
El Ejecutivo propone que las gratificaciones y la CTS de los trabajadores CAS alcancen el 100% de la remuneración recién en el año 2030. Foto: Andina.

El propuso que las , se implementen de manera progresiva hasta el año 2030.

La medida está incluida en el , mediante el cual el Gobierno plantea incorporar más de S/ 4,160 millones al presupuesto público de este año.

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La propuesta establece que tanto las gratificaciones como la CTS se otorguen de manera gradual durante un periodo de cinco años. De acuerdo con la Décima Disposición Complementaria Final, los trabajadores CAS recibirían el equivalente al 10% de su remuneración mensual durante el año fiscal 2026 (monto que no podrá ser menor a S/ 300); el 20% en 2027; el 30% en 2028; el 50% en 2029; y el 100% recién en 2030.

La iniciativa busca reglamentar la aplicación de la Ley N.º 32563, aprobada por el Congreso, que reconoce por primera vez el derecho de los trabajadores CAS a percibir gratificaciones y CTS, beneficios que históricamente no formaban parte de este régimen laboral.

La implementación gradual de los nuevos beneficios laborales forma parte del proyecto de crédito suplementario enviado al Congreso.
La implementación gradual de los nuevos beneficios laborales forma parte del proyecto de crédito suplementario enviado al Congreso.

Pago progresivo

Según la propuesta, para el presente año el monto de la gratificación correspondería al 10% de la remuneración mensual del trabajador, aunque se precisa que dicho importe no podrá ser inferior al aguinaldo que actualmente reciben los servidores públicos.

El proyecto también señala que, mediante decreto supremo refrendado por el Ministerio de Economía y Finanzas, se establecerán las condiciones, requisitos y disposiciones necesarias para la implementación de ambos beneficios.

Además, señala que se dan “las disposiciones complementarias para el pago proporcional y trunco de los referidos conceptos, de corresponder. Asimismo, se dispone que dicha implementación se desarrolla de manera progresiva”.

Impacto fiscal

En el caso de la CTS, el texto precisa que el monto se determinará aplicando el porcentaje correspondiente a la remuneración mensual por el tiempo de servicios contabilizado desde el inicio del contrato vigente del trabajador.

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De esta manera, la gradualidad del monto para las gratificaciones repite el patrón para el pago de la CTS.

La propuesta deberá ser evaluada por el Congreso, en el marco del debate del crédito suplementario, donde también se discutirán otras medidas vinculadas al financiamiento de infraestructura, educación, salud y atención de emergencias.

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