
El Poder Judicial (PJ)archivó el proceso penal contra la exprimera dama, Nadine Heredia, por el caso de los presuntos aportes provenientes de Venezuela y las empresas Odebrecht y O.A.S. destinados a financiar las campañas presidenciales de su esposo y expresidente del Perú, Ollanta Humala, en el 2006 y 2011.
Según lo dictado por el órgano judicial, la decisión también alcanzó a Ilan Heredia Alarcón, Antonia Alarcón Cubas, Carlos Gabriel Arenas Gómez Sánchez, Mario Julio Torres Aliaga, Santiago Gastañadui, Eladio Mego Guevara, Maribel Amelita Vela Arévalo y Rocío del Carmen Calderón Vinatea.
Asimismo, según lo adoptado, también se incluyó, en calidad de personas jurídicas, a la empresa Todo Graph S.A.C. Partido Nacionalista Peruano.
La Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional ordenó aplicar los efectos de una sentencia del Tribunal Constitucional (TC) en el caso seguido contra el expresidente Ollanta Humala, donde se dejó sin efecto todo lo actuado en el expediente judicial relacionado con este proceso.
La resolución declaró la nulidad constitucional de todas las actuaciones realizadas en el proceso penal por el presunto delito de lavado de activos. La anulación incluyó la investigación preliminar, la formalización, la acusación fiscal, el auto de enjuiciamiento y la sentencia condenatoria de primera instancia. La sala sostuvo que el juzgamiento vulneró los principios de legalidad y tipicidad penal.
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Asimismo, la sala también dejó sin efecto la audiencia de apelación de sentencia que estaba pendiente. Consideró que la decisión del TC eliminó la validez del juzgamiento respecto de los cargos formulados por el Ministerio Público.
El tribunal determinó que la sentencia del TC no se basaba en una situación personal exclusiva de Ollanta Humala, sino en una razón objetiva, la atipicidad penal del financiamiento de las campañas electorales de 2006 y 2011. Por ello, aplicó el principio de efecto extensivo favorable y dispuso que la anulación del expediente también alcance a los demás coimputados del caso.
Tras la anulación de la condena, el colegiado declaró la pérdida sobrevenida del objeto recursal y ordenó el archivo de manera definitiva del expediente en el fuero penal. Por ello, se dispuso el levantamiento de todas las órdenes de captura, requisitorias, medidas coercitivas y órdenes de embargo dictadas contra los investigados e instituciones vinculadas al caso.








