
En lo que va del 2026, el Congreso de la República ha recibido una creciente ola de iniciativas para trasladar trabajadores del régimen de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) al régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728 en distintas entidades públicas.
Entre las entidades alcanzadas por estas iniciativas figuran:
- Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi)
- Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp)
- Jurado Nacional de Elecciones (JNE)
- Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa)
- Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (Cofopri)
- Oficina de Normalización Previsional (ONP)
- Junta Nacional de Justicia (JNJ)
- Defensoría del Pueblo, el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú (IRTP)
- Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin)
- Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran)
- Así como programas sociales como Pensión 65 e Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar (Inabif)
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El régimen CAS, regulado por el Decreto Legislativo N° 1057, es un sistema especial de contratación creado para el sector público bajo una lógica inicialmente temporal y administrativa. A diferencia del régimen laboral 728 —correspondiente a la actividad privada—, contempla menores beneficios laborales y una protección distinta frente al despido. Aunque, con recientes cambios desde el Parlamento, los trabajadores CAS recibirán ahora gratificación y Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).
Las iniciativas presentadas en el Congreso plantean distintos mecanismos para trasladar trabajadores. Algunas proponen una incorporación progresiva según antigüedad y disponibilidad presupuestal, mientras otras apuntan directamente al cambio de régimen de trabajadores con contratos indeterminados o que realizan funciones permanentes.
También aparecen propuestas enfocadas en grupos específicos, como fiscalizadores municipales, serenos, personal técnico, trabajadores administrativos y servidores vinculados a programas sociales.
Las exposiciones de motivos coinciden en señalar que el régimen CAS, pese a haber sido diseñado como temporal, terminó siendo utilizado para cubrir labores permanentes en distintas entidades públicas.
Bajo esa línea, los proyectos sostienen que la coexistencia de trabajadores bajo distintos regímenes genera diferencias en estabilidad, beneficios y condiciones laborales, además de posibles efectos en la continuidad del servicio público y la retención de personal especializado.
| Dictámenes identificados en lo que va del 2026 | |||
|---|---|---|---|
| N.º | Dictamen | Entidad | Objetivo |
| 1 | 14266/2025-CR | SUNARP | Incorporación progresiva de trabajadores CAS al régimen 728 |
| 2 | 14095/2025-CR | Pensión 65 | Incorporación de trabajadores CAS al régimen 728 |
| 3 | 14032/2025-CR | SENASA | Cambio de régimen de trabajadores CAS al 728 |
| 4 | 13887/2025-CR | Procuraduría General del Estado | Adecuación progresiva de trabajadores CAS al 728 |
| 5 | 13656/2025-CR | IRTP | Incorporación de trabajadores CAS al régimen 728 |
| 6 | 13760/2025-CR | Junta Nacional de Justicia | Incorporación de trabajadores CAS indeterminados al 728 |
| Proyectos de ley identificados en lo que va del 2026 | |||
|---|---|---|---|
| N.º | Proyecto | Entidad | Objetivo |
| 1 | 14580/2025-CR | OSINERGMIN | Incorporación progresiva CAS al728 |
| 2 | 14566/2025-CR | INDECOPI | Incorporación progresiva CAS al 728 |
| 3 | 14518/2025-CR | SUSALUD, SIS y FISSAL | Incorporación progresiva CAS al 728 |
| 4 | 14489/2025-CR | Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables / INABIF / Warmi Ñan | Incorporación progresiva CAS al728 |
| 5 | 14439/2025-CR | Servicio de Administración Tributaria de Lima | Incorporación progresiva CAS al728 |
| 6 | 14425/2025-CR | SUTRAN | Incorporación progresiva CAS al728 |
| 7 | 14417/2025-CR | INDECOPI | Incorporación progresiva CAS al728 |
| 8 | 14291/2025-CR | Jurado Nacional de Elecciones | Incorporación CAS indeterminados al 728 |
| 9 | 14256/2025-CR | INDECOPI | Incorporación progresiva CAS → 728 |
| 10 | 14176/2025-CR | Municipalidades | Cambio de régimen de fiscalizadores y serenos CAS al 728 |
| 11 | 14172/2025-CR | INDECOPI | Cambio de régimen CAS al 728 |
| 12 | 14053/2025-CR | Defensoría del Pueblo | Cambio de régimen CAS al 728 |
| 13 | 14039/2025-CR | Jurado Nacional de Elecciones | Cambio de régimen CAS al 728 |
| 14 | 14021/2025-CR | Junta Nacional de Justicia | Cambio de régimen CAS al 728 |
| 15 | 14020/2025-CR | COFOPRI | Cambio de régimen CAS al 728 |
| 16 | 13965/2025-CR | IMARPE | Incorporación excepcional CAS al 728 |
| 17 | 13931/2025-CR | INABIF | Incorporación CAS indeterminados al 728 |
| 18 | 13865/2025-CR | ONP | Incorporación progresiva CAS al 728 |
| 19 | 13862/2025-CR | Jurado Nacional de Elecciones | Incorporación CAS indeterminados al 728 |
| 20 | 13861/2025-CR | EsSalud | Incorporación al régimen 728 |
| 21 | 13851/2025-CR | ONP | Incorporación CAS al 728 |
| 22 | 13819/2025-CR | COFOPRI | Incorporación CAS indeterminados al 728 |
| 23 | 13811/2025-CR | Municipalidades | Incorporación de fiscalizadores y serenos CAS al 728 |
| 24 | 13778/2025-CR | PROVIAS Nacional | Incorporación progresiva CAS al 728 |
| 25 | 13777/2025-CR | Defensoría del Pueblo | Incorporación CAS indeterminados al 728 |
| 26 | 13694/2025-CR | COFOPRI | Incorporación progresiva CAS al 728 |
| 27 | 13668/2025-CR | COFOPRI | Incorporación CAS indeterminados al 728 |
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Debate sobre gasto público y presupuesto
Juan Valera, abogado laboralista, advirtió que gran parte de los proyectos para trasladar trabajadores CAS al régimen 728 incorpora disposiciones para exceptuar a las entidades públicas de las restricciones establecidas en la Ley de Presupuesto.
Explicó que actualmente existen limitaciones para incrementar gasto en planillas o incorporar personal adicional, por lo que varias iniciativas plantean expresamente exoneraciones para permitir la transición durante el mismo ejercicio fiscal.
A su juicio, ello genera cuestionamientos debido a que el Congreso de la República no cuenta con iniciativa de gasto público.
En la misma línea, César Puntriano, socio del estudio Muñiz, sostuvo que este tipo de proyectos podría enfrentar cuestionamientos de constitucionalidad por el impacto económico que representan para el Estado.
Puntriano indicó que la Constitución Política del Perú restringe la capacidad del Congreso para generar gasto público, salvo respecto de su propio presupuesto, y consideró que las propuestas relacionadas con CTS, gratificaciones o estabilidad laboral implican mayores obligaciones económicas para el Tesoro Público.
Añadió que un incremento de gasto en planillas también podría afectar recursos destinados a otras áreas prioritarias como infraestructura, seguridad o inversión pública.

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Discusión sobre Servir y la meritocracia
Valera señaló que muchas de las propuestas legislativas dejan de lado el objetivo inicial de la reforma del servicio civil, que buscaba trasladar progresivamente a los trabajadores públicos hacia el régimen del Servicio Civil (Servir).
Según explicó, este sistema prioriza la meritocracia, las evaluaciones de desempeño y la profesionalización del empleo público. Sin embargo, consideró que existe resistencia desde algunos sectores políticos y sindicales debido a que Servir implica mayores controles y evaluaciones permanentes para los servidores.
Puntriano coincidió en que el régimen CAS nació como una fórmula temporal y que la transición originalmente planteada debía dirigirse hacia Servir y no necesariamente hacia el régimen 728.
El abogado indicó que el avance limitado de Servir permitió que el CAS permanezca durante años como uno de los principales mecanismos de contratación estatal.
Añadió que muchas entidades optaron históricamente por el CAS debido a que representaba una alternativa más flexible y menos costosa frente a otros regímenes laborales del sector público.
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Estabilidad laboral y efectos en el Estado
Respecto a las consecuencias prácticas de estas iniciativas, Valera explicó que el pase al régimen 728 implicaría mayores niveles de estabilidad laboral y haría más restrictiva la desvinculación de trabajadores dentro del Estado.
Detalló que, bajo este esquema, las salidas se limitarían principalmente a causales como faltas graves, renuncias o despidos con indemnización. Asimismo, consideró que un incremento de planillas públicas no necesariamente garantiza una mejora en la calidad del servicio al ciudadano.
Por su parte, Puntriano sostuvo que la proliferación de proyectos también debe analizarse dentro del contexto político y electoral.
Según indicó, las iniciativas vinculadas a estabilidad laboral y ampliación de beneficios pueden generar respaldo entre determinados sectores sindicales y trabajadores del sector público. Además, recordó que muchos proyectos podrían avanzar incluso mediante insistencia legislativa si eventualmente fueran observados por el Poder Ejecutivo.

Abogado especialista encargado de Enfoque Legal en Diario Gestión - Actualmente, ocupa la posición de analista legal en el área de Economía en el Diario Gestión.







