
En el sector público, miles de trabajadores ingresaron durante años bajo contratos civiles o locaciones de servicios, pese a realizar labores permanentes y subordinadas. Muchos de ellos, con el tiempo, incluso asumieron cargos de mayor responsabilidad dentro de las entidades del Estado peruano.
En este contexto, aparecen dos aristas en la discusión. Una es revisar si se está frente a una desnaturalización del contrato. Y, si es así, cuando se determine la relación laboral, ¿en qué posición queda el trabajador?
Justamente, un caso surgió a partir de la demanda de un trabajador del Estado que solicitó el reconocimiento de una relación laboral permanente bajo el régimen privado y que, además, se le reconozca el cargo de “Encargado de la Oficina de Escalafón”, puesto de mayor jerarquía que desempeñó durante varios años dentro de la entidad pública.
El trabajador alegaba que, tras iniciar labores mediante contratos civiles y luego pasar por distintos puestos, correspondía reconocerle el último cargo ocupado debido a las funciones y responsabilidades que ejercía.

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¿Qué consideró la Corte Suprema en el caso?
Al analizar el caso, la Corte Suprema diferenció dos escenarios: el reconocimiento del vínculo laboral y el reconocimiento de ascensos o cargos superiores dentro del Estado.
Si bien confirmó, en el caso, que existió desnaturalización laboral y que el trabajador debía ser reconocido como empleado permanente, precisó que los cargos de mayor jerarquía en entidades públicas están sujetos al principio de meritocracia y requieren concurso público.
Por ello, señaló que ocupar un puesto superior no convierte automáticamente al trabajador en titular definitivo de ese cargo.
Con todo ello, se resolvió que el trabajador solo podía ser reconocido en el cargo original con el que ingresó irregularmente a la entidad, es decir, como “Técnico Administrativo”, y no como encargado de la Oficina de Escalafón.
El tribunal concluyó que los puestos superiores asumidos posteriormente debían entenderse como encargaturas válidas para reclamar pagos o beneficios, pero no para consolidar ascensos sin concurso público.
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El problema de elegir qué cargo debe reconocerse
Germán Lora, socio de Damma Legal Advisors, consideró que uno de los puntos centrales de la sentencia es que el trabajador pretendía que se le reconozca uno de los cargos de mayor jerarquía que ocupó durante su permanencia en la entidad pública, pese a que no necesariamente era el último puesto que desempeñó al momento de la controversia judicial.
En esa línea, explicó que cuando se solicita una reposición o reconocimiento laboral, esta debe producirse respecto al puesto vigente al momento de la extinción del vínculo o despido, mas no sobre cualquier cargo superior asumido anteriormente. “Lo que no puede ocurrir es que el trabajador elija el cargo más alto o el que más le convenga”, comentó.
Una posición similar planteó Juan Valera, abogado laboralista, quien sostuvo que la Corte Suprema aplicó el principio de primacía de la realidad para analizar cuál fue efectivamente la última función desarrollada por el trabajador.
Según indicó, la condición más beneficiosa no puede utilizarse para escoger arbitrariamente entre distintos cargos ocupados a lo largo de la relación laboral.
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Meritocracia y ascensos dentro del Estado
Lora señaló que el fallo refleja un problema recurrente en el aparato estatal: los ascensos temporales, encargaturas y movimientos internos que muchas veces se realizan sin concurso público formal. A su juicio, ello ocurre debido a la falta de consolidación de una verdadera línea de carrera pública y a las dificultades que ha tenido la implementación de regímenes meritocráticos como el Servicio Civil (Servir).
Por su parte, Valera indicó que la sentencia diferencia claramente entre reconocer una relación laboral desnaturalizada y validar ascensos dentro de la administración pública.
Explicó que si bien el trabajador logró acreditar la desnaturalización de su contrato inicial, ello no implicaba automáticamente reconocer todas las posiciones superiores que asumió posteriormente.
“No es que tuvo los méritos acreditados para obtener esas otras posiciones. Simplemente se le fueron asignando funciones y cargos en el tiempo”, comentó.
Ambos especialistas coincidieron en que el elemento determinante es que los cargos superiores dentro del Estado requieren concursos públicos y criterios de meritocracia, por lo que no basta haber desempeñado funciones de mayor responsabilidad para consolidar automáticamente ese puesto.

Diferencias frente al sector privado
Los abogados también marcaron distancia entre este tipo de conflictos en el sector público y privado.
Lora explicó que en las empresas privadas los ascensos suelen responder a estructuras más estables y permanentes, sin la movilidad temporal que existe en entidades estatales.
En la misma línea, Valera recordó que en el sector privado no existe la obligación de aplicar concursos públicos ni reglas de meritocracia como las previstas para el empleo estatal. Sin embargo, precisó que sí pueden surgir discusiones vinculadas a funciones efectivamente realizadas, beneficios laborales o categorías ocupacionales.
“El problema en el privado no es la meritocracia estatal, sino cómo se acreditan las funciones y beneficios que realmente se desempeñaron”, explicó.
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Debate sobre la reposición laboral
Lora aprovechó el caso para cuestionar que la reposición continúe siendo vista como el principal mecanismo de reparación frente a conflictos laborales, tanto en el ámbito público como privado.
Según sostuvo, este tipo de procesos terminan generando controversias sobre cargos, jerarquías y estabilidad que podrían evitarse mediante otros mecanismos compensatorios.
Valera, en tanto, recordó que esta casación no constituye un precedente vinculante obligatorio, por lo que no descartó que puedan existir criterios distintos en futuras decisiones judiciales similares.
“Las casaciones no necesariamente fijan una posición definitiva. Incluso la misma sala puede variar de criterio dependiendo de la composición de magistrados o de las particularidades del caso”, señaló.

Abogado especialista encargado de Enfoque Legal en Diario Gestión - Actualmente, ocupa la posición de analista legal en el área de Economía en el Diario Gestión.







