
El licenciamiento de marcas se ha convertido en una estrategia clave para empresas que buscan ampliar su presencia en el mercado sin realizar grandes inversiones. Este modelo permite que una empresa autorice a otra el uso de su marca, logotipo o personajes a cambio de regalías o pagos acordados.
La dirección de Signos Distintivos del Indecopi refirió que este procedimiento ofrece diversos beneficios en cuánto expansión comercial, reducción de riesgos empresariales, conservación de la titularidad, uso efectivo del signo distintivo y monetización del activo intangible.
“En lo que va del 2026, se vienen inscribiendo más licencias en los sectores relacionados con la publicidad, negocios comerciales y reagrupamiento de productos y/o servicios; así como en el sector de la construcción inmobiliaria y con la producción de productos químicos” detalló la entidad a Gestión.
Según data del Indecopi, entre enero y diciembre del 2025, el registro de marcas en el país creció 22.94%, alcanzando las 44,771 marcas otorgadas. De este total, alrededor del 71% fueron solicitudes de origen peruano y el resto extranjeras.
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Momento “ideal” para licenciar
Verónica Vergaray, socia del área de Competencia y Propiedad Intelectual de PPU, comentó que no existe un momento único u obligatorio para que una empresa decida licenciar su marca, dado que ello depende de su estrategia comercial.
“Habiéndose posicionado y ganado reconocimiento en el mercado, la marca se convierte en un activo intangible capaz de generar ingresos adicionales, lo que hace atractivo permitir que terceros la utilicen mediante licencias”, añadió.
Por su parte, Enrique Felices, socio del área Regulatoria de Miranda & Amado, explicó que cuando, el titular quiere ampliar sus operaciones sin asumir total o parcialmente los costos de hacerlo, opta autorizar su uso a un tercero (licenciatario).
De esta manera, se beneficia con capital para expandir las operaciones, dentro o fuera del país, o para ampliar el alcance la marca a otras categorías de producto.
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Procedimiento y costo
Álvaro Gastañadui, asociado del área Regulatoria de Miranda & Amado, explicó que el proceso suele iniciarse con la celebración de un contrato de licencia en el que se define el alcance de este: territorio, exclusividad, contraprestación, estándares de calidad y mecanismos de supervisión.
“Ahora bien, para que la licencia sea oponible frente a terceros, el contrato puede inscribirse ante la Dirección de Signos Distintivos del Indecopi. La inscripción no es obligatoria para la validez del acuerdo, pero sí resulta necesaria para que produzca efectos frente a terceros. La autoridad realiza principalmente una revisión formal del expediente y, de cumplirse los requisitos aplicables, procede con el registro”, detalló.
Actualmente, la tasa administrativa de inscripción asciende a S/ 331.70, conforme al TUPA vigente a mayo de 2026.
Por su lado, Verónica Vergaray aclaró que el registro de licencia de marca en el Perú se tramita mediante un procedimiento administrativo ante la Dirección de Signos Distintivos del Indecopi. Para ello, se deben cumplir cuatro ítems: contrato por escrito, identificación de la marca, declaración jurada de libre disposición y el pago de tasa administrativa.
“Una vez presentada la solicitud, la autoridad cuenta con un plazo máximo de 90 días hábiles para resolver e inscribir el contrato de licencia”, mencionó.
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Casos en los que pueden rechazar la inscripción
De acuerdo con Verónica Vergaray, la autoridad puede rechazar la inscripción de un contrato de licencia de marca cuando no se cumplen los requisitos exigidos para su inscripción ante el Indecopi, tales como la presentación del contrato por escrito, la identificación adecuada de la marca o la falta de pago de la tasa correspondiente.
“En estos casos, la autoridad otorgará al solicitante un plazo de 60 días hábiles para subsanar irregularidades formales, salvo en el caso de la tasa administrativa, en cuyo caso el plazo de subsanación es de 2 días hábiles”, agregó.
Por su lado, Enrique Felices manifestó que las observaciones más frecuentes en los procedimientos de inscripción de licencias suelen ser de carácter formal: marcas vencidas, falta de legitimidad del licenciante, ausencia de un contrato escrito o solicitudes incompletas.
Asimismo, “la inscripción podría ser rechazada si el acuerdo contiene disposiciones contrarias a las normas de libre competencia. Cuando la solicitud cumple con los requisitos formales exigidos, la inscripción suele proceder, dado que el análisis de la autoridad es principalmente formal”, sostuvo.
Tipos de licenciamiento
Verónica Vergaray explicó que la normativa andina y nacional no establece una clasificación formal de los tipos de licencias de marca. Sin embargo, en la práctica, estas pueden clasificarse según distintos criterios:
Según el grado de exclusividad:
- Licencia exclusiva: El licenciatario es el único autorizado a utilizar la marca en el ámbito acordado (por ejemplo, cuando un titular extranjero designa un distribuidor exclusivo).
- Licencia no exclusiva: El titular mantiene la potestad de otorgar licencias a múltiples terceros de manera simultánea, inclusive dentro del mismo territorio (por ejemplo, cuando un titular franquicia su negocio a diferentes empresas).
Según el ámbito territorial:
- Licencia amplia: Autoriza el uso de la marca en todo el territorio donde se encuentra registrada (por ejemplo, todo el Perú o en los países donde exista protección).
- Licencia limitada: El uso de la marca se circunscribe a una zona geográfica específica (por ejemplo, una ciudad o un terreno específico determinado).
Según su alcance:
- Licencia total: Permite el uso de la marca para todos los productos o servicios para los cuales se encuentra registrada.
- Licencia parcial: Limita el uso de la marca a determinados productos o servicios específicos (por ejemplo, cuando la marca está registrada para distinguir todo tipo de lácteos y la licencia se otorga para distinguir yogures).
Según su contraprestación asociada:
- Licencia gratuita: Autoriza el uso de la marca sin contraprestación económica directa por parte del licenciatario (por ejemplo, en licencias intragrupo).
- Licencia onerosa: Supone el pago de una contraprestación, que puede estructurarse a través del pago de regalías previamente acordadas o mediante la participación del titular en un porcentaje de los ingresos generados por la explotación de la marca.

Licenciado en Comunicación y Periodismo en la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC). Con más de 6 años de experiencia en prensa escrita y digital. Actualmente, se desempeña como redactor en Diario Gestión.







