
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) ratificó la multa de 33 unidades impositivas tributarias (UIT) impuesta por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) contra el partido Juntos por el Perú (JP) por la recepción de aportes de origen desconocido durante la campaña electoral del 2021.
Esta decisión que se oficializó hoy a través de la Resolución Nº 1139-2026-JNE, luego de que el máximo organismo electoral determinara que el partido no acreditó de forma adecuada el origen de diversos aportes económicos registrados durante la campaña.
El fallo ratifica la multa de 33 unidades impositivas tributarias (UIT), que, considerando la UIT vigente al momento de la sanción (S/ 5,350), equivale a S/ 176,550, impuesta previamente por la ONPE. Asimismo, mantiene la reducción del 10% del financiamiento público directo que recibe la organización política.
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De acuerdo con el tribunal electoral, se acreditó la existencia de 17 aportes observados. De ese total, 16 fueron negados por las personas que figuraban como supuestos aportantes, mientras que uno de los registros correspondía a una ciudadana fallecida al momento en que se habría realizado la contribución económica.

Antecedentes:
El caso se originó el 21 de marzo de 2025, cuando la ONPE dispuso el inicio de un procedimiento administrativo sancionador contra Juntos por el Perú por la presunta recepción de aportes de fuente prohibida, conducta tipificada como infracción muy grave en la Ley de Organizaciones Políticas.
En septiembre, la entidad determinó que la organización política era responsable por haber recibido 17 aportes de fuente prohibida, al tratarse de contribuciones de origen anónimo o no identificado, configurándose así la conducta infractora.
Tras un proceso de investigación que incluyó la solicitud de descargos al partido, en noviembre de 2025 la ONPE impuso la sanción al concluir que existía responsabilidad de la agrupación por la recepción de 17 aportes irregulares.
Posteriormente, Juntos por el Perú solicitó la reconsideración de la medida, alegando presuntas vulneraciones al derecho a la debida motivación de las resoluciones administrativas y al derecho de defensa, señalando además que la lista de supuestos aportantes presentaba problemas de legibilidad.
No obstante, la ONPE declaró infundado el recurso y ratificó su decisión. Ante ello, el partido apeló al Jurado Nacional de Elecciones (JNE), solicitando la nulidad de la sanción impuesta.
JNE rechazó todos los argumentos de Juntos por el Perú
Durante el procedimiento, Juntos por el Perú buscó revertir la sanción a través de diversos argumentos, los cuales fueron finalmente rechazados por el Pleno del JNE.
Entre sus principales cuestionamientos, el partido alegó que la información contenida en el expediente administrativo era ilegible, lo que, según sostuvo, impedía identificar con claridad datos como nombres, fechas, números de recibos y documentos de identidad, afectando así su derecho de defensa.
En ese sentido, la resolución precisa que el propio partido formuló observaciones detalladas sobre cada uno de los aportes cuestionados, lo que evidenciaría que estaba al tanto de los hechos materia de investigación por parte de la ONPE.








