
Ante la participación del sector privado en la prestación de servicios públicos, se promulgó en el Perú, hace más de dos décadas, la Ley Marco de los Organismos Reguladores. Esta normativa engloba, actualmente, a cuatro entidades, pero podría sumarse una quinta por iniciativa del Congreso de la República.
Los cuatro actuales son: el Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel); el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin); el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositrán); y la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass).
La quinta podría ser la Superintendencia Nacional de Salud (Susalud). El congresista Alejandro Muñante, de la banca de Renovación Popular, presentó el proyecto de ley 14495/2025-CR, que la incorpora como organismo regulador, adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), y modifica diversas normas del sistema de salud.
“[...] tiene por finalidad garantizar la protección de los derechos de los usuarios de los servicios de salud, el aseguramiento universal en salud y el adecuado funcionamiento del mercado de aseguramiento y prestación de servicios de salud”, se lee en el texto presentado.
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Detalles sobre Susalud
Entre los artículos a modificar se profundiza en los relacionados a la potestad sancionadora y a los tipos de sanciones, que van desde amonestación escrita, pasando por multas hasta una revocación de autorizaciones y, eventualmente, cierres definitivos.
También se detalla que su Consejo Directivo estará conformado por cinco miembros: dos de la PCM, uno del Ministerio de Salud (Minsa), otro representante de los gobiernos regionales y el último de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS).
El documento se centra en dos advertencias sobre el régimen actual. El primero es que existe una “dependencia institucional” de Susalud hacia el Minsa, “situación que resulta incompatible con su rol fiscalizador, pues se colocó bajo supervisión a la misma entidad que debía ser supervisada”.

Lo segundo que se cuestiona es: “Susalud no cuenta con facultades normativas para intervenir en metodologías de costos, tarifas, condiciones económicas, contratos, aspectos indispensables para abordar las fallas del mercado en la prestación de servicios públicos de salud”.
Esto, a partir de que el reglamento de organización y funciones, aprobado con Decreto Supremo N.° 008-2014-SA, define a Susalud como entidad supervisora y fiscalizadora, mas no reguladora, restringiendo su capacidad para prevenir prácticas lesivas o corregir situaciones abusivas en perjuicio de los usuarios.
Impacto en la calidad de salud
Si bien los expertos consultados coincidieron que podría ser un camino favorable darle el rango de regulados a Susalud, también mencionaron que de ser el caso debería ponerse en “blanco y negro” la capacidad de la entidad y establecer con claridad sus nuevas facultades para evitar un impacto negativo sobre el sector.
Guillermo Alva, profesor de ESAN Graduate School of Business, consideró positiva la propuesta legislativa, apuntando que la salud es uno de los servicios fundamentales para la sociedad y, naturalmente, requiere regulación para que se garantice un buen servicio. Si bien Susalud cumplía algunas funciones en esa línea, anotó que su alcance es limitado.
Alva recordó que, actualmente, Susalud tiene encargos, por ejemplo, sobre las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS) y las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS).
Sobre estas se establecen las mejores prácticas, pero no se puede asegurar su cumplimiento a cabalidad.
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Para Angelita Ruiz, asociada principal de PPU, también le hace sentido tener un órgano regulador en un sector clave como la salud, que entra en el umbral de servicio público. El cambio sustancial al convertirse en regulador, apuntó Ruiz, es que tendría facultades para la regulación de temas tarifarios.
Sin embargo, subrayó que no basta con concretar que la idea se vuelva norma legal, sino que debe ir acompañada de un análisis de profundidad del sector. Esto, a fin de identificar, por ejemplo, tareas específicas y evitar la duplicidad con entidades como el Minsa, que tiene un rol rector.
“Para que esta idea realmente funcione debe identificarse qué se requiere resolver, sobre todo en un sistema tan fragmentando como es el de salud. La incorporación de un regulador puede ayudar a cerrar una importante brecha en buen funcionamiento, garantizar que los estándares mínimos se cumplan”, manifestó.
La relevancia de esto también se basa en brindarle a los usuarios del sector salud un mecanismo claro para la solución de sus demandas alrededor de la atención en general.

Oportunidades de espacio
Convertirse en un organismo regulador abre un escenario importante para elevar la calidad de los servicios de salud, puntualmente, del ámbito público. Alva indicó que, al estar fuera de la supervisión del Minsa, podrán corregirse directamente distorsiones en los hospitales públicos.
Sin embargo, resaltó que el éxito de esta transformación dependerá, entre otros factores, de que se le asigne un importante presupuesto, considerando las múltiples tareas que tendría.
En esta línea, Ruiz sostuvo que el éxito de los reguladores, a partir de la experiencia en todos estos años, ha dependido de contar con diversos y capacitados profesionales. “Tiene que reforzarse en recursos humanos, sino su alcance será solo el de atender reclamos”, dijo.

Bachiller en Comunicación y Periodismo en la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC), especializado en economía, negocios, mercado laboral, políticas públicas, tributario, procesos concursales.







