
Este domingo 7 de junio se llevará a cabo la segunda vuelta electoral para elegir al próximo presidente del Perú. Según el Reniec, en la primera vuelta más de 2.5 millones de nuevos votantes participaron. En ese contexto, surge una duda recurrente: ¿están obligados a votar en la segunda vuelta quienes cumplieron 18 años después de la primera jornada?
EL PADRÓN ELECTORAL ¿QUÉ DICE LA RENIEC?
Aunque podría parecer lógico que quienes cumplieron 18 años participen en la segunda vuelta, no basta con alcanzar la mayoría de edad. Según el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), es indispensable figurar en el padrón electoral.
José Tello Alfaro, abogado experto en temas electorales, comentó que el padrón electoral ya se encuentra definido para este proceso. “El padrón ya se cerró, ya se preparó para la elección, ya no podemos cambiar nada”, explicó.
Precisó que la segunda vuelta se desarrolla sobre la base del mismo padrón de la primera vuelta.
Este incluye a los ciudadanos que alcanzaron la mayoría de edad hasta la fecha de la primera elección, y fue cerrado meses antes del proceso (14 de octubre de 2025). En ese sentido, solo quienes estuvieron habilitados en la primera vuelta pueden participar en la segunda.
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Tello Alfaro indicó que no existe riesgo de recibir una multa para quienes no figuren en dicho registro. “Esto aplicaría para las elecciones generales en concreto. Para las municipales es otro padrón”.
EL ESTADO DEL DNI
Otro aspecto a considerar es el estado del Documento Nacional de Identidad (DNI), que debe figurar como adulto y encontrarse vigente. La actualización del documento, con una imagen y datos acordes, puede realizarse desde los 17 años, lo que permite anticipar el trámite.
En el caso de los ciudadanos incluidos en el padrón electoral, estos ya cuentan con derecho al sufragio. No obstante, las autoridades recomiendan mantener el DNI en regla para evitar inconvenientes durante la jornada.
Cabe recordar que, mediante la Resolución Jefatural N° 000030-2026/JNAC/Reniec, se prorrogó la vigencia de los documentos únicamente para las elecciones del 12 de abril. Hasta el momento, no se ha emitido una disposición similar para la segunda vuelta.







