
Las empresas tienen plazo hasta el 15 de julio para realizar el abono de las gratificaciones a sus trabajadores. En esta nota se comentará sobre una de las principales dudas que existe sobre el monto a recibir.
Ello ocurre cuando el trabajador recibe ingresos variables. Existen dos posibilidades: que la remuneración principal sea variable o que la remuneración complementaria sea variable, explicó César Puntriano, abogado laboralista del Estudio Muñiz.
En el primer caso, un ejemplo de quienes tienen una remuneración principal variable son los vendedores, quienes suelen ganar comisiones, refirió Puntriano. “La remuneración principal es lo que un trabajador recibe directamente por su trabajo”, subrayó.
Los vendedores pueden pactar un sueldo netamente variable, según las comisiones por ventas; o pueden acordar un sueldo mixto, con una base fija y el adicional en función a las comisiones.
En cualquier de éstos casos, la remuneración variable, también denominada imprecisa, se utilizará para el cálculo de las gratificaciones de la misma forma que ocurre con las remuneraciones regulares, explicó Puntriano. Es decir, se sumarán las seis remuneraciones mensuales variables y se sacará un promedio del último semestre.
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El segundo escenario se da con las remuneraciones complementarias variables, referidas a conceptos como pagos adicionales por horas extras, bonos, entre otros. En este caso, la remuneración complementaria variable debe recibirse por lo menos en tres meses en el semestre de cálculo de las gratificaciones, para que así sea considerada remuneración regular y forme parte del cálculo de pago de las gratificaciones.
Para el caso de la gratificación de julio, la remuneración complementaria variable tendría que haberse recibido en tres meses, entre enero y junio, para formar parte del cálculo de abono de gratificaciones. “Si (el monto variable) se recibe solo en dos meses, ya no entra al cálculo de las gratificaciones, así hayan sido abonos con montos altos”, refirió por su parte el abogado laboralista Juan Valera.
Presentó un ejemplo para calcular las gratificaciones con remuneraciones complementarias variables: si el sueldo regular del trabajador es de S/ 1,500. Y solo tiene un sueldo regular en el semestre, la gratificación ordinaria sería equivalente a S/ 1,500. Pero si en tres meses recibe ingresos variables adicionales por S/ 350, S/ 450 y S/ 150, entonces para el cálculo de la gratificación esos montos se sumarán para obtener un nuevo promedio. En ese ejemplo, la gratificación sería de S/ 1,658, indicó Juan Valera.
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Suele confundirse la norma del cálculo de las gratificaciones con remuneraciones principales variables, con la norma que aplica para las remuneraciones complementarias variables. Sobre todo en los casos de trabajadores que reciben altos bonos, pero solo por uno o dos meses, lo cual no alcanzará para que sea considerado como parte del cálculo de las gratificaciones.
Recientemente el sindicato de trabajadores de una compañía hizo una consulta técnica al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), sobre la norma que aplica para calcular el pago de las gratificaciones en caso de remuneraciones variables. El MTPE, a través del Informe N° 428-2025-MTPE, respondió dando cuenta de la normativa explicada en esta nota, en base a la ley de gratificaciones, ley N° 27735.

Licenciado en periodismo de la PUCP, con más de diez años de experiencia en medios de prensa escritos y digitales.







