La 'ley silla' también señala una lista de sectores priorizados para su aplicación. Imagen: ChatGPT.
La 'ley silla' también señala una lista de sectores priorizados para su aplicación. Imagen: ChatGPT.

A fines de abril el Congreso de la República aprobó la “ley que garantiza el derecho al descanso sentado y alternancia de la postura en los centros de trabajo”, también conocida como . La norma obliga a los empleadores a proporcionar una silla a los trabajadores que realizan una labor de pie por tres o más horas. Ello en resguardo de su salud, dignidad y productividad, indica la norma.

La iniciativa legislativa señala que los sectores priorizados para su aplicación son el comercio minorista y retail; hostelería, gastronomía y turismo; centros de salud de todo nivel; servicios financieros y administrativos presenciales; transporte y aeropuertos; centros o instituciones de educación básica regular, alternativa y especial y personal de vigilancia privada en puestos fijos.

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Tras ser enviada la autógrafa de ley al Ejecutivo, este envió sus observaciones al Congreso el pasado 1 de junio. El Ejecutivo se mostró de acuerdo con la propuesta legislativa y también hizo unas observaciones con mejoras en su redacción. En una de estas observaciones sugirió incorporar un texto donde se precise que “ forman parte de la jornada de trabajo”, en referencia a los periodos de alternancia de la postura de pie y sentado de los trabajadores.

La Comisión de Trabajo del Congreso se allanó a las observaciones presentadas por el Ejecutivo y aprobó el nuevo dictamen, en sesión realizada el pasado 5 de junio. Luego el pleno del Congreso ratificó la propuesta legislativa y este miércoles 8 de julio se ha promulgado la .

Impacto de la ‘ley silla’ en el tiempo efectivo de trabajo

Los analistas consultados indicaron que la medida elevará los costos laborales a los empleadores, pues reducirá el tiempo efectivo de trabajo. Asimismo, cuestionaron que la ley no precisa la frecuencia de los descansos que se darán ni el tiempo que tomará, por lo que esta regulación recién se establecería en el .

Por ejemplo, podrían establecerse tres descansos de diez minutos por cada jornada diaria (treinta minutos al día en total), lo cual implicaría un descanso acumulado de dos horas y media a la semana (en cinco días laborados). Ello sumaría un equivalente a diez horas de descanso remunerado al mes, estimó Jaime Zegarra, abogado laboralista del estudio Dentons.

“Serán pausas activas remuneradas, pues serán parte de la . Se genera un costo laboral ya que se está disminuyendo el tiempo efectivo de trabajo”, remarcó Jaime Zegarra.

En ello coincidió Jorge Luis Acevedo, socio laboralista del estudio Benites, Vargas & Ugaz. “Para mantener la misma producción, la empresa va a tener que ser más eficiente en el tiempo que queda; o va a tener que pagar horas extras. Ese va a ser un efecto de la aplicación de la ley”, subrayó.

Se recortan plazos de implementación de la ‘ley silla’

El primer dictamen de la ‘ley silla’ aprobado en el pleno del Congreso establecía un plazo de 180 días para que la ley sea reglamentada por el Ministerio de Trabajo. Y en adición, fijaba un plazo de 12 meses de adecuación, contados desde la emisión del reglamento, para que las empresas implementen la nueva ley, sin ser sancionadas por .

Otra de las observaciones del Ejecutivo fue eliminar el plazo de 12 meses de adecuación, pues no lo considera necesario. La Comisión de Trabajo acogió la recomendación y en el nuevo dictamen solo mantiene el plazo de 180 días para la emisión del reglamento, pero ya no se contempla los 12 meses de adecuación.

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Jorge Luis Acevedo propuso que para la elaboración del reglamento se convoque al , que tiene representantes de los gremios de empleadores y sindicatos, “para que la norma sea legítima y se apoye en fundamentos científicos y en legislación comparada con otros países”.

“También sugiero que luego de la emisión del reglamento se de un periodo de fiscalización orientadora de la Sunafil, sin sanción, que permita verificar cómo se está aplicando la ley. Podría ser por seis meses”, agregó Acevedo.

SOBRE EL AUTOR

Licenciado en periodismo de la PUCP, con más de diez años de experiencia en medios de prensa escritos y digitales.

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