El descanso se da a los trabajadores miembros de mesa tras la maratónica jornada electoral. Foto: Andina
El descanso se da a los trabajadores miembros de mesa tras la maratónica jornada electoral. Foto: Andina

para elegir al nuevo presidente de la República y a los miembros del Congreso bicameral para el periodo 2026-2031. Estos comicios no se hubieran desarrollado sin la labor de los miembros de mesa.

De acuerdo con la Ley Orgánica de Elecciones, los miembros de mesa —tres por mesa— tienen derecho a un día de descanso con goce de haber, el cual podrá hacerse efectivo en los 90 días posteriores a la jornada democrática.

Álvaro Gálvez, gerente del Centro Legal de la CCL, precisó que este beneficio alcanza a trabajadores de los sectores público y privado.

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Sin embargo, reiteró que debe haber un acuerdo entre el empleador y el trabajador para dicho descanso; en caso de que no haya, el empleador podrá determinar la fecha.

“Este derecho corresponde a quienes fueron designados y , para quienes la licencia es no compensable, es decir, no requiere recuperación posterior. Aunque suele utilizarse al día siguiente de la elección, puede tomarse en cualquier momento dentro del plazo establecido”, mencionó.

Miembros de mesa voluntarios o espontáneos tienen que compensar el descanso. Foto: El Comercio
Miembros de mesa voluntarios o espontáneos tienen que compensar el descanso. Foto: El Comercio

Y, en caso de los ciudadanos que ocuparon el cargo de miembro de mesa de manera voluntaria o espontánea, también se les reconocerá el día de descanso, aunque este será compensable y deberá recuperarse posteriormente, según lo negociado con el empleador.

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“El tratamiento diferenciado responde a lo establecido en la normativa electoral, que distingue entre miembros de mesa designados y aquellos que cumplieron esta función de manera excepcional”, apuntó.

Aquellos ciudadanos que no cumplieron con su labor como miembro de mesa recibirán una sanción del 3% de una UIT (S/ 165).

¿Qué requiero para gozar del descanso postelectoral en miembros de mesa?

Desde la Suanfil reiteraron que el ciudadano tendrá que mostrar un certificado de participación como miembro de mesa,

En caso de que el centro laboral no entregue el descanso remunerado, los empleados pueden acudir a la Sunafil para presentar su denuncia.

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