
El domingo 7 de junio se conmemora un feriado por la Batalla de Arica y el Día de la Bandera, y dicha jornada coincide también con la segunda vuelta electoral que disputarán Keiko Fujimori y Roberto Sánchez —cuyo ganador tomará las riendas del Poder Ejecutivo hasta el 2031—.
Miles de peruanos deberán acudir tanto a sus centros laborales como a las urnas. ¿Qué beneficios les corresponden si laboran durante el feriado del 7 de junio?
¿Qué implica que el feriado caiga domingo?
El laboralista Germán Lora explica a Gestión que, aunque el feriado coincida con domingo, ello no genera un beneficio adicional automático para el trabajador.
Precisó que en el Perú no existe una compensación especial cuando un feriado cae en domingo, pese a que ese día suele ser el descanso semanal obligatorio para muchos trabajadores.
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A diferencia de algunos países europeos, donde el descanso puede trasladarse a otro día, Lora recuerda que en Perú el trabajador simplemente pierde ese feriado adicional.
“El hecho de que coincida el domingo con el feriado no tiene un efecto jurídico”, sostuvo.
¿Cuánto te deben pagar si trabajas el 7 de junio?
El abogado laboralista César Puntriano sostiene que, si un trabajador labora durante el feriado y no recibe un descanso sustitutorio, tendrá derecho a una remuneración adicional equivalente a una sobretasa del 100%.
En palabras sencillas, el pago viene con lo incluido en el sueldo mensual; otra por el trabajo realizado y una adicional por ser feriado. No es un pago triple, sino un bonus equivalente al doble de su remuneración diaria —aunque en términos prácticos el día “termina valiendo el triple”—.

“Si el trabajador gana S/ 1,500, su remuneración diaria es de 50 soles. Si descansa el 7 de junio, gana los S/ 1,500 como si hubiera laborado normal, es decir, ya viene incluido. Pero si trabaja, recibirá S/ 50 por el trabajo realizado más S/ 50, que es la sobretasa por el feriado”, explica a Gestión.
Es decir, bajo este ejemplo tendría un ingreso equivalente a S/ 150 por laborar un feriado.
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En cambio, si el empleador le da un día de descanso pagado, ya no recibirá la sobretasa adicional porque se está compensando con un día libre.
¿Aplica el pago adicional para trabajadores part time y remoto?
Lora señala que los empleados en la modalidad remota mantienen exactamente los mismos derechos respecto al feriado —como el pago doble o el descanso adicional—.
“Si estás en tu casa el domingo y estás trabajando, entonces tienes derecho al pago doble o al día de compensación”, aclara para este diario.
Además, aclara que el beneficio también alcanza a los trabajadores part time. No obstante, aquellos que laboren vía recibos por honorarios no acceden a estos acuerdos.

¿Tolerancia por llegar tarde?
Sí habrá. Según Puntriano, lo más probable es que el Gobierno emita un decreto supremo que fije un espacio de tolerancia para aquellos que trabajen pero que tengan que ejercer el voto, tal como sucedió en la primera vuelta.
“El decreto tendría que salir esa misma semana (del 7 de junio) o un par de días antes”, refiere.
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¿Puede la empresa impedir que el trabajador vote?
A su criterio, se estaría infringiendo la obligación de dar tolerancia, que seguramente será dictada con un decreto supremo, lo que acarrearía una infracción laboral muy grave.
En la práctica puede suceder que el personal no vaya a votar y la empresa asuma el pago de la multa, pero técnicamente —prosigue Puntriano— no es legal porque el voto es obligatorio.







