
El domingo 7 de junio se conmemora un feriado más por la Batalla de Arica y el Día de la Bandera, fecha que coincide con la segunda vuelta electoral que disputarán Keiko Fujimori y Roberto Sánchez —cuyo ganador asumirá la presidencia del país hasta el 2031—.
Miles de peruanos deberán acudir tanto a sus centros laborales como a las urnas. ¿Qué beneficios les corresponden si laboran durante el feriado del 7 de junio?
¿Qué implica que el feriado caiga domingo?
El laboralista Germán Lora explica a Gestión que, aunque el feriado coincida con domingo, ello no genera un beneficio adicional automático para el trabajador.
Precisó que en el Perú no existe una compensación especial cuando un feriado cae en domingo, pese a que ese día suele ser el descanso semanal obligatorio para muchos trabajadores.
LEA TAMBIÉN: Sarampión en Perú: ¿Cuáles son las regiones declaradas en emergencia por esa enfermedad?
A diferencia de algunos países europeos, donde el descanso puede trasladarse a otro día, Lora recuerda que en Perú el trabajador simplemente pierde ese feriado adicional.
“El hecho de que coincida el domingo con el feriado no tiene un efecto jurídico”, sostuvo.
¿Tolerancia por llegar tarde? ¿Día libre?: todos los beneficios aprobados
- Derecho a periodos de tolerancia, sujetos a compensación, al inicio o durante la jornada laboral para que ejerzan el voto. Estas horas dejadas de laborar tendrán que recuperarse en los 10 días calendario inmediatos posteriores o según lo acordado con el empleador.
- En caso de que un trabajador sea elegido miembro de mesa, no deberá trabajar el día de la elección, pero luego lo tendrá que compensar. Además, si se designa esta función ante la ausencia de titulares o suplentes, también tendrán un día de descanso remunerado compensable, el cual podrá gozarse el lunes 8 de junio.
- Si un trabajador presta servicios en ámbitos geográficos distintos a su lugar de votación, estará facultado para no trabajar cuatro días: viernes 5, sábado 6, domingo 7 y lunes 8 de junio. Cada uno estará sujeto a compensación.
¿Cuánto te deben pagar si trabajas el 7 de junio?
El abogado laboralista César Puntriano sostiene que, si un trabajador labora durante el feriado y no recibe un descanso sustitutorio, tendrá derecho a una remuneración adicional equivalente a una sobretasa del 100%.
En palabras sencillas, el pago viene con lo incluido en el sueldo mensual; otra por el trabajo realizado y una adicional por ser feriado. No es un pago triple, sino un bonus equivalente al doble de su remuneración diaria —aunque en términos prácticos el día “termina valiendo el triple”—.

“Si el trabajador gana S/ 1,500, su remuneración diaria es de 50 soles. Si descansa el 7 de junio, gana los S/ 1,500 como si hubiera laborado normal, es decir, ya viene incluido. Pero si trabaja, recibirá S/ 50 por el trabajo realizado más S/ 50, que es la sobretasa por el feriado”, explica a Gestión.
Es decir, bajo este ejemplo tendría un ingreso equivalente a S/ 150 por laborar un feriado.
LEA TAMBIÉN: Los sectores que moverán la demanda ejecutiva en Perú y los perfiles más buscados
En cambio, si el empleador le da un día de descanso pagado, ya no recibirá la sobretasa adicional porque se está compensando con un día libre.
El error que cometen los que no trabajan domingo y son miembros de mesa
Jimmy Huatuco, líder de Implementaciones de Buk Perú, comenta que un problema habitual es que los trabajadores no informen a sus empleadores que fueron designados como miembros de mesa, en especial, aquellos que no laboran domingos y consideran que no es necesario comunicarlo.
Al extenderse los procesos electorales hasta altas horas de la noche o la madrugada, esto puede afectar la asistencia o puntualidad del día siguiente.
Huatuco recomienda informar a la empresa con antelación, a pesar de que realice la función en un día no laborable, porque una jornada hasta altas horas de la noche puede crear ausencias, tardanzas u otras complicaciones, y sin conocer el motivo detrás de estas se podría generar una fricción en la oficina.
No comunicar esta condición no elimina los derechos del trabajador, como el descanso compensatorio establecido por ley; aunque puede traer dificultades en la gestión interna si la empresa no estaba al tanto.
“Estos contextos requieren tanto responsabilidad individual como apertura por parte de las organizaciones. Una buena coordinación puede evitar fricciones innecesarias y asegurar el cumplimiento de un deber ciudadano sin afectar la operación”, apunta el experto.
¿Aplica el pago adicional para trabajadores part time y remoto?
Lora señala que los empleados en la modalidad remota mantienen exactamente los mismos derechos respecto al feriado —como el pago doble o el descanso adicional—.
“Si estás en tu casa el domingo y estás trabajando, entonces tienes derecho al pago doble o al día de compensación”, aclara para este diario.
Además, aclara que el beneficio también alcanza a los trabajadores part time. No obstante, aquellos que laboren vía recibos por honorarios no acceden a estos acuerdos.

LEA TAMBIÉN: Sunafil endurece control de horas extras: ¿qué pasa con los registros en las empresas?
¿Puede la empresa impedir que el trabajador vote?
A criterio de Puntriano, se estaría infringiendo la obligación de dar tolerancia, que seguramente será dictada con un decreto supremo, lo que acarrearía una infracción laboral muy grave.
En la práctica puede suceder que el personal no vaya a votar y la empresa asuma el pago de la multa, pero técnicamente —prosigue Puntriano— no es legal porque el voto es obligatorio.







