
Vender más no necesariamente significa ganar más. Una empresa puede aumentar sus ventas, pero también se elevarán sus costos de mercadería, planilla, alquiler y otros gastos. Esta diferencia está en el centro del debate que abrió el Gobierno sobre una eventual reforma de los regímenes tributarios empresariales.
El planteamiento del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) busca que la tributación empresarial tenga como referencia las rentas obtenidas. El titular del MEF, Elmer Cuba, señaló que el objetivo es ordenar el sistema tributario y revisar el diseño de regímenes como el Régimen Especial de Renta (RER).
Tres negocios venden lo mismo, pero no ganan lo mismo
La diferencia entre tributar sobre las ventas y hacerlo sobre la utilidad puede entenderse, a modo de ejemplo, que si un negocio que vende S/ 20,000 al mes no necesariamente tiene ese mismo monto como ganancia.
De sus ingresos debe cubrir la compra de mercadería, materias primas, remuneraciones, alquiler, servicios y otros gastos vinculados con su actividad.
Mauricio Cavero-Blumenfeld, socio del Área Tributaria de Aramburú Castañeda Boero Abogados, explicó que tributar sobre “ventas” significa aplicar una tasa sobre los ingresos netos, es decir, sobre las ventas una vez descontadas las devoluciones, bonificaciones, descuentos y conceptos similares, sin considerar cuánto costó producir o vender esos bienes o servicios.
En cambio, tributar sobre la “utilidad” significa calcular la renta neta, después de deducir de los ingresos los costos y gastos necesarios para producir la renta o mantener la fuente, siempre que cumplan con los requisitos establecidos por la legislación tributaria.
La diferencia se vuelve relevante en negocios con márgenes muy distintos. Una empresa que factura S/ 20,000, pero después de cubrir sus costos obtiene S/ 1,000 de utilidad, enfrenta una situación muy diferente a otra que factura lo mismo y obtiene S/ 6,000 de ganancia.
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Actualmente, bajo el RER (Régimen Especial de Rentas), una empresa paga una cuota equivalente al 1.5% de sus ingresos netos mensuales. Así, un negocio que registra S/ 20,000 de ingresos netos paga S/ 300 al mes, o S/ 3,600 al año, siempre que cumpla las condiciones para permanecer en este régimen.
La Sunat establece, entre otros requisitos, un límite de S/ 525,000 anuales de ingresos netos o adquisiciones para acceder al RER.
¿Cómo tributan actualmente las empresas?
En el RER, la cuota se calcula directamente sobre los ingresos netos mensuales. En el RMT y en el Régimen General, en cambio, el impuesto anual se determina sobre la renta neta (utilidad agravante).
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En el RMT, para las primeras 15 UIT de renta neta se aplica una tasa de IR del 10%, mientras que sobre el exceso corresponde una tasa de IR del 29.5%. El Régimen General también aplica una tasa de 29.5% sobre la renta neta anual.
| Régimen | Base para el IR | Referencia | ||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| RER | Ingresos netos mensuales | 1.5% mensual | ||||||
| RMT | Renta neta anual | 10% hasta 15 UIT y 29.5% sobre el exceso | ||||||
| Régimen General | Renta neta anual | 29.5% | ||||||
La propuesta del MEF no significa simplemente que todas las empresas pasarán automáticamente de un régimen a otro. Todavía falta conocer el diseño final, las tasas, los tramos y las reglas que definirán cómo se realizará una eventual transición. El objetivo anunciado, sin embargo, apunta a que el sistema tenga como eje la renta obtenida y no las ventas.
Una misma venta, tres niveles de ganancia
Para dimensionar la diferencia, Cavero-Blumenfeld planteó un ejercicio con tres negocios que registran las mismas ventas anuales de S/ 240,000, pero tienen márgenes de utilidad de 5%, 15% y 30%, sus ganancias serían de S/ 12,000, S/ 36,000 y S/ 72,000, respectivamente.
Bajo el RER, los tres pagarían S/ 3,600 al año. En cambio, al aplicar el esquema vigente del RMT bajo los supuestos del ejercicio, el pago sería de S/ 1,200, S/ 3,600 y S/ 7,200, respectivamente.
| Negocio | Ventas anuales | Margen de utilidad | Utilidad anual | RER | RMT* | Escenario ilustrativo al 29.5% ** | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Margen bajo | S/240,000 | 5% | S/12,000 | S/3,600 | S/1,200 | S/3,540 | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Margen medio | S/240,000 | 15% | S/36,000 | S/3,600 | S/3,600 | S/10,620 | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Margen alto | S/240,000 | 30% | S/72,000 | S/3,600 | S/7,200 | S/21,240 | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
* RMT: el ejercicio asume que la utilidad se encuentra dentro del primer tramo de 15 UIT y aplica la tasa de 10% sobre la utilidad.
** Escenario ilustrativo: se aplica únicamente para fines comparativos una tasa uniforme de 29.5% sobre la utilidad. Esta tasa no corresponde a una tasa propuesta por el MEF.
¿Qué tipo de negocios podrían pagar menos o más?
El efecto de un cambio en la forma de calcular el Impuesto a la Renta dependería del margen de cada negocio. Cecilia Muñoz, socia del Área Tributaria de CPB Abogados, señaló que actividades como las bodegas y distribuidoras, con márgenes de 5% a 10%, podrían verse favorecidas, debido a que gran parte de lo facturado se destina a comprar productos que posteriormente comercializan.
Según explicó la especialista, bajo el RER estos negocios pagan lo mismo que otros. En cambio, bajo un esquema de utilidad pagarían mucho menos, porque el impuesto se ajusta a esa ganancia reducida.

El efecto podría ser el contrario en negocios de servicios. Muñoz explicó que actividades como la consultoría, los servicios digitales y los talleres especializados suelen facturar montos moderados, pero con costos operativos bajos, dejando márgenes de 40%-50% o más.
Además, agregó que bajo el RER, estas empresas pagan poco en relación a lo que realmente ganan. Por otro lado, bajo un esquema de utilidad pagarían más, porque el impuesto se calcularía sobre esa ganancia alta y no sobre el monto de ventas, que es comparativamente menor.
El reto de sustentar los gastos
Uno de los principales desafíos para las MYPE sería demostrar los costos y gastos que tienen para generar sus ingresos. Entre los conceptos que deberían considerarse están la mercadería, materia prima o insumos vendidos, planilla y beneficios sociales, alquiler y servicios del local, depreciación de activos fijos, intereses de préstamos para capital de trabajo y gastos de transporte o distribución vinculados al giro.
En esa línea, Cecilia Muñoz señaló que el principal problema estaría en la informalidad, debido a que muchas MYPE compran a proveedores informales que no emiten comprobantes válidos, lo que impide sustentar el costo real.
A ello se sumaría la necesidad de llevar un registro ordenado de compras, ventas, planilla e inventarios, lo que, según explicó, exige una mayor capacidad administrativa y en muchos casos el apoyo de un contador, generando un costo adicional que actualmente el RER no requiere.
Muñoz advirtió que, al no poder sustentar todos sus gastos reales, las empresas podrían terminar declarando una utilidad “aparente” más alta que la real y pagando más impuesto del que les correspondería, además de quedar más expuestas a fiscalizaciones por gastos observados.
El objetivo es cambiar los incentivos
El gerente general del Instituto Peruano de Economía, Carlos Gallardo sostuvo que la reforma debía entenderse como parte de una propuesta integral de formalización y no como un cambio aislado de los regímenes tributarios. “Con esos regímenes no puedes impulsar la formalización”, señaló.
El economista explicó que el objetivo debería ser generar incentivos para las empresas que quisieran crecer y, al mismo tiempo, reducir los espacios para que negocios con mayor capacidad económica oculten su verdadero tamaño mediante el fraccionamiento de sus operaciones.
“Esperaría que haya una suerte de descreme, porque hará más para los que quieran crecer”, sostuvo Gallardo. Añadió que el RMT había generado algunos incentivos para quienes buscaban crecer, aunque consideró que se necesitaba un esquema mejor.
Según explicó, el cambio puede tener un impacto en el nivel de formalización de las empresas, en la medida en que estas empiecen a declarar algo más cercano a su verdadero tamaño.
En esa línea, Gallardo consideró que un régimen más transparente también podría generar incentivos para declarar correctamente los ingresos y las compras.
¿Vender más significará pagar más?
El impacto, sin embargo, no se limitaría al monto del impuesto. Al respecto, Gallardo sostuvo que una reforma de este tipo debería permitir que los pequeños negocios mantengan obligaciones acordes con su tamaño, mientras que las empresas que quieran crecer puedan hacerlo acompañadas por el sistema tributario.
“El cumplimiento tributario es así: una empresa debería pagar conforme su tamaño y la complejidad también debería ser conforme al cumplimiento, o sea, de los libros y obligaciones contables”, señaló a Gestión.
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El economista también destacó que la digitalización podría facilitar este proceso mediante declaraciones automatizadas y obligaciones más sencillas.
En ese sentido, consideró que la nueva reforma debía estar acompañada por otros componentes, como simplificación administrativa, inclusión financiera y medidas laborales y productivas.
Finalmente, resumió el objetivo que, a su juicio, debería tener el cambio: “Los chiquitos seguirán siendo chiquitos y los que quieran crecer podrán crecer porque los regímenes tributarios los van a acompañar y los que se están escondiendo será más difícil hacerlo”.

Periodista por la Universidad Jaime Bausate y Meza. Experiencia en prensa digital, radio, televisión y comunicación corporativa. Actualmente se desempeña como redactora web.







