La SBS plantea cambios, diferenciando por nivel de riesgo que asume la entidad.  (Foto: Andina)
La SBS plantea cambios, diferenciando por nivel de riesgo que asume la entidad. (Foto: Andina)

publicó un proyecto de modificación del reglamento de autorización de empresas y representantes de los y de , ¿qué propone?

El proyecto, alineado con prácticas internacionales, tiene el objetivo de mantener estándares prudenciales adecuados, fortalecer la protección de los y preservar la , afirma el regulador.

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Entre los principales cambios, se propone introducir modalidades diferenciadas de autorización, según el perfil de riesgo y el modelo de negocio de cada entidad: estándar, empresas no captadoras y especial.

Actualmente, se aplica, en términos generales, un procedimiento uniforme de autorización, independientemente de la naturaleza del negocio, el nivel de riesgo, la complejidad operativa o si la entidad capta recursos del público.

La SBS publicó un proyecto de modificación del reglamento de autorización de empresas y representantes de los sistemas financiero y de seguros. Foto: Andina.
La SBS publicó un proyecto de modificación del reglamento de autorización de empresas y representantes de los sistemas financiero y de seguros. Foto: Andina.

En ese contexto, empresas de menor riesgo, con un modelo de negocio menos complejo, que no captan recursos del público o que pertenecen a conglomerados supervisados, enfrentan plazos y exigencias similares a los de entidades más complejas.

El proyecto plantea plazos diferenciados para la evaluación integral de las dos etapas que conforman un proceso de autorización, tanto para las solicitudes de organización, como las de funcionamiento, de acuerdo con la complejidad y el riesgo sistémico de cada solicitud.

En el caso de la solicitud de autorización de organización, el plazo para la modalidad estándar no excederá los 120 días; para las empresas no captadoras no excederá los 90 días; y, para la modalidad especial no excederá los 70 días.

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En el caso de la solicitud de autorización de funcionamiento, el plazo para las modalidades estándar y especial no excederá de los 180 días; y, en el caso de las empresas no captadoras, no excederá de los 120 días.

Empresas que captan ahorros del público enfrentarán otros plazos. (Foto: Andina).
Empresas que captan ahorros del público enfrentarán otros plazos. (Foto: Andina).

El proyecto está publicado y disponible hasta el próximo 6 de julio para recoger los comentarios y sugerencias en general.

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