Las entidades financieras podrán contar con datos más actualizados al momento de evaluar. Foto: Andina.
Las entidades financieras podrán contar con datos más actualizados al momento de evaluar. Foto: Andina.

Con el objetivo de que los ciudadanos accedan con mayor rapidez a información actualizada sobre su situación financiera, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) dispuso reducir de forma progresiva el plazo máximo con el que cuentan las entidades del sistema financiero para remitir el Reporte Crediticio de Deudores (RCD).

El RCD es el registro mensual que las entidades financieras envían a la SBS con información detallada sobre los créditos otorgados a sus clientes, incluyendo el estado de sus obligaciones y su comportamiento de pago.

Una vez recibidos estos datos, la entidad supervisora los consolida y los pone a disposición de las propias entidades financieras, las centrales privadas de información de riesgos y del público en general a través del Reporte de Deudas.

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La reducción del plazo de envío permitirá que los usuarios consulten su Reporte de Deudas con información más reciente, facilitando el seguimiento de su historial crediticio.

Asimismo, las entidades financieras podrán contar con datos más actualizados al momento de evaluar solicitudes de nuevos préstamos o de otros productos financieros, lo que contribuirá a una mejor gestión del riesgo crediticio.

De acuerdo con la resolución, la disminución del plazo será gradual. Actualmente, las entidades financieras disponen de hasta 15 días calendario posteriores al cierre de cada mes para remitir el RCD.

Con la nueva disposición, el plazo se reducirá a 13 días calendario para la información correspondiente a noviembre de 2026 y, posteriormente, a 10 días calendario para los reportes correspondientes a mayo de 2027.

La SBS señaló que esta medida busca hacer más oportuno el flujo de información dentro del sistema financiero, fortaleciendo la transparencia y mejorando la calidad de los datos utilizados por las entidades y los propios usuarios.

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