
El Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1 aceptó la apelación de Juntos por el Perú para pedir la nulidad de los resultados en 1,751 mesas de sufragio en Lima Metropolitana, correspondientes a la segunda vuelta de las Elecciones 2026.
La apelación fue declarada procedente tras verificarse que la organización política cumplió con todos los requisitos legales, luego de una primera medida emitida el 11 de junio de 2026 que la había declarado improcedente.
Asimismo, el personero legal, Carlos Adeval Zafra Flores, acreditó su habilitación profesional y pagó la tasa electoral de 825 soles a través del Banco de la Nación.
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La cantidad de votos en juego en estas mesas se estima en 350 mil, por lo que es, si se llegaran a anular el panorama del conteo de votos podría cambiar.
La medida se formalizó mediante la Resolución 04277-2026-JEE-LIC1/JNE emitida el 15 de junio de 2026. El órgano electoral ordenó enviar todo el expediente al Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, que será el encargado de decidir en última instancia.
El 12 de junio de 2026, el órgano electoral de primera instancia rechazó el pedido porque no se acreditó el pago total de más de 2 millones de soles por todas las mesas observadas.
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Una vez subsanado el requisito económico, el tribunal electoral aceptó la documentación complementaria presentada por el personero legal a través de la Mesa de Partes Virtual el 14 de junio de 2026.
El Pleno del JEE Lima Centro 1, integrado por Hugo Andrés León Manco, Edmundo Pedro Calderón Cruz y Ana Vanessa Ruiz Quispes, ordenó notificar de inmediato a las partes mediante las casillas electrónicas institucionales del JNE para seguir con el cronograma legal.
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La organización política sostiene que las presuntas irregularidades operativas en la segunda vuelta habrían favorecido directamente la candidatura presidencial de Keiko Fujimori.

Podría declararse infundado
La experta en derecho electoral, Silvia Guevara, indicó que es altamente probable que el JNE declare infundado el recurso de apelación presentado por Juntos por el Perú respecto a la nulidad de este conjunto de mesas.
Según la especialista, el partido ha cumplido con pagar únicamente la tasa correspondiente a la apelación, pero no el pago individual que debía realizarse por cada mesa cuya nulidad se solicita, es decir los S/ 2 millones.
“Lo que han hecho ahora, para que comprendamos todos, es solamente apelar ese recurso en la decisión. Han pagado la apelación, porque si no tendrían que pagar la solicitud por cada una de las mesas en las cuales se está pidiendo la nulidad, que son justamente 1,751 mesas”, explicó en Canal N.
Guevara señaló que, por la forma en la que se ha concedido el recurso, se entiende que el partido ha cumplido al menos con el pago de la tasa de apelación dentro del plazo, el cual se establece en tres días posteriores a la notificación de la resolución de primera instancia.
Sin embargo, según la especialista, aun cuando el recurso de apelación se haya presentado y pagado en plazo, el defecto de origen se mantiene que es la solicitud de nulidad de las mesas, lo cual no fue acompañado con el pago por cada una de ellas, tal como exigen la normativa vigente.
“Sería bueno finalmente ver cómo van a resolver por parte de este recurso de amparo, pero también considero que igual no prosperaría, porque se está poniendo una ponderación de derechos entre una norma que sí fue de conocimiento público”, añadió.







