
Los proyectos de habilitación urbana residencial tendrán nuevos criterios para determinar si requieren una certificación ambiental, tras una actualización de la normativa aprobada por el Ministerio del Ambiente (Minam) y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS).
El cambio fue oficializada mediante la Resolución Ministerial N.° D000223-2026-MINAM, que actualiza el Listado de Inclusión de los Proyectos de Inversión sujetos al Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) para el sector Vivienda.
Con esto se incluyen criterios vinculados con la implementación de plantas de tratamiento de aguas residuales (PTAR) y el vertimiento o reúso de aguas tratadas, así como la captación de agua superficial para abastecimiento poblacional.
También se tiene en cuenta el desarrollo de habilitaciones urbanas en laderas, zonas inundables y terrenos con condiciones geotécnicas o ambientales especiales.

Asimismo, la actualización incorpora criterios relacionados con el tratamiento y reúso de aguas residuales tratadas en determinados proyectos para el aprovechamiento eficiente del agua e impulsar soluciones sostenibles.
Como parte de estos cambios también se establecen nuevos umbrales y condiciones técnicas para determinar qué proyectos deberán ingresar al SEIA. Según el Minem, esto busca optimizar los procesos de evaluación ambiental, fortalecer la transparencia y facilitar una gestión más eficiente y oportuna de las inversiones vinculadas al desarrollo urbano.







