
El uso de herramientas de inteligencia artificial (IA) por parte de las entidades públicas comienza a abrir un nuevo frente de debate jurídico en el Perú. Si bien estas tecnologías prometen agilizar el análisis de grandes volúmenes de información y optimizar la labor de las autoridades, surge una interrogante cuando intervienen en procedimientos administrativos sancionadores: ¿el marco legal vigente permite su utilización?
La discusión cobró fuerza tras la emisión del Informe N.° D000006-2026-PCM-SSPRD-AST, elaborado por la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM).
El documento concluyó que, actualmente, no existe una disposición con rango de ley que autorice expresamente a las entidades públicas a utilizar herramientas de inteligencia artificial en procedimientos administrativos sancionadores, aunque también precisa que no existe una prohibición general para emplearlas como mecanismo de apoyo en funciones administrativas.
Al respecto, especialistas consultados por Gestión discreparon sobre el alcance de dicha conclusión y, particularmente, sobre el uso que entidades como el Indecopi pueden dar a estas tecnologías.

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Indecopi: la IA solo se utiliza como herramienta de apoyo
Contactados por Gestión, desde el Indecopi evitaron pronunciarse sobre el informe de la secretaría de la PCM, al señalar que dicho documento “respondería a una consulta particular”.
"No corresponde al Indecopi pronunciarse sobre el mencionado documento, el mismo que respondería a una consulta particular. Correspondería al medio de comunicación evaluar la realización de esta consulta ante la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital de la PCM“, indicó la entidad.
Respecto al uso de inteligencia artificial, precisó que, en algunos casos de público conocimiento, se han empleado estas herramientas como apoyo, con el propósito de ejecutar un trabajo eficiente al servicio de los consumidores.
"Estas herramientas de apoyo no reemplazan el análisis legal ni las decisiones de fondo, sino que asisten al personal especializado garantizando la revisión y validación humana. No se usan para valorar, ni generar pruebas“, señaló.
Esto se realiza conforme al Decreto Legislativo N.° 1033, el cual establece que las Secretarías Técnicas del Indecopi cuentan con facultades de investigación y de actuación de medios probatorios dentro de los procedimientos que tramitan.
"En ejercicio de dichas facultades legales, pueden apoyarse en diversas herramientas“, agregó.
Consultado sobre si las herramientas de IA participan en la generación o valoración de medios probatorios, Indecopi reiteró que “han sido utilizadas únicamente como apoyo”.
Finalmente, respecto a si el marco normativo vigente resulta suficiente o sería necesaria una regulación específica, la institución respondió que “como en todos los casos, el Indecopi aplica la normativa correspondiente vigente, para tener los elementos probatorios que le permitan adoptar una decisión acorde al debido procedimiento”.
El principio de legalidad, el centro del debate
Para Pierino Stucchi, socio de Stucchi Abogados, la respuesta es clara: mientras no exista una ley que autorice expresamente el uso de IA para generar o valorar pruebas dentro de procedimientos administrativos sancionadores, las entidades públicas no pueden utilizarlas.
El abogado explicó que esto responde al principio de legalidad que rige a toda la administración pública. A diferencia de los particulares, quienes pueden realizar todo aquello que la ley no prohíbe, las entidades estatales únicamente pueden ejercer las facultades que una norma les atribuye expresamente.
“Los privados pueden hacer todo aquello que la ley no prohíbe. El Estado, en cambio, solo puede hacer aquello que la ley le autoriza”, señaló.
Desde esa perspectiva, sostiene que ni la Ley N.° 31814, que promueve el uso de la inteligencia artificial, ni su reglamento, ni la Ley del Procedimiento Administrativo General contienen una habilitación para utilizar IA en la generación o valoración de pruebas dentro de procedimientos sancionadores.
Incluso, recordó que la propia Ley del Procedimiento Administrativo General prohíbe delegar funciones esenciales de la autoridad administrativa, entre ellas aquellas relacionadas con la valoración de las pruebas y la determinación de responsabilidades.
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La IA sí puede utilizarse, pero solo como herramienta de apoyo
Una interpretación distinta planteó Fabricio Sánchez Concha, socio del área de Competencia y Propiedad Intelectual de Benites, Vargas & Ugaz (BVU).
El especialista consideró que el informe de la PCM no prohíbe el uso de la IA, sino que reconoce la ausencia de una habilitación legal expresa, permitiendo su utilización como apoyo en las funciones administrativas siempre que se respete el marco jurídico vigente.
A su juicio, el límite está en que la IA no sustituya el criterio de la autoridad. “La inteligencia artificial no puede ser utilizada para resolver y concluir una contienda administrativa. Debe servir para dotar de herramientas o elementos que permitan al funcionario adoptar la decisión”, anotó.
En ese sentido, consideró válido que procese grandes volúmenes de información o identifique patrones, siempre que la valoración jurídica y la decisión final continúen siendo responsabilidad exclusiva de la autoridad administrativa.
Transparencia y trazabilidad
Pese a sostener posiciones distintas sobre la necesidad de una habilitación legal expresa, ambos especialistas coincidieron en que el uso de la IA dentro de procedimientos administrativos requiere importantes garantías.
Sánchez Concha sostuvo que toda entidad debe informar cuándo utiliza IA, explicar para qué la emplea, cuál es la metodología utilizada y cómo se obtiene el resultado final.
“La clave es la transparencia y la trazabilidad”, resumió
Esto permitiría que los administrados puedan ejercer adecuadamente su derecho de defensa y cuestionar, de ser el caso, el funcionamiento o los resultados obtenidos mediante estas herramientas.
Stucchi coincidió en la necesidad de contar con estándares elevados de transparencia, aunque consideró que esas garantías solo podrían operar una vez que exista una ley que autorice expresamente su utilización en procedimientos sancionadores.

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El caso de Indecopi
Las diferencias entre ambos especialistas también se reflejan en el uso que Indecopi ha dado a la IA en algunas investigaciones.
Stucchi cuestionó que la entidad haya empleado estas herramientas para procesar llamadas, transcribir audios y seleccionar muestras, para luego extrapolar esos resultados al universo de comunicaciones investigadas.
A su juicio, ello implica que parte de la generación y selección de pruebas habría sido realizada mediante IA, sin una habilitación legal expresa y sin que la autoridad verificara directamente todos los elementos probatorios, por lo que una eventual sanción solo debería sustentarse en las pruebas constatadas por el funcionario competente.
Sánchez Concha, en cambio, señaló que, en los casos en los que ha participado, el Indecopi informó cuándo utilizó IA y explicó la metodología empleada. Consideró que, mientras la IA se limite al procesamiento de información y no sustituya el análisis jurídico de la autoridad, su utilización es compatible con el marco normativo vigente.
¿Hace falta una ley?
Pese a la discrepancia sobre la interpretación del marco vigente, ambos especialistas coincidieron en que el uso de la IA en procedimientos administrativos sancionadores requiere reglas claras y garantías para proteger los derechos de los administrados.
Para Stucchi, corresponde al Congreso aprobar una ley que establezca expresamente en qué supuestos podrá utilizarse esta tecnología, bajo qué límites y con qué mecanismos de control, incorporando principios como la supervisión humana, la transparencia, la trazabilidad y el respeto del debido procedimiento.
No obstante, el abogado aclaró que esto no implica oponerse al avance tecnológico. “Bienvenida la innovación, bienvenida la inteligencia artificial, pero con autorización y parámetros legales que preserven el debido proceso y la presunción de inocencia”, sostuvo.
En tanto, Sánchez Concha mencionó que el marco jurídico vigente ya permite utilizar la IA como una herramienta de apoyo, siempre que no sustituya el juicio de la autoridad administrativa y que su uso sea transparente, trazable y compatible con las garantías del procedimiento.
De esta manera, el debate ya no gira únicamente en torno a si la IA debe incorporarse a la administración pública, sino a cómo hacerlo sin afectar los derechos de los ciudadanos y bajo qué reglas deberá operar en el futuro.
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Abogado especialista encargado de Enfoque Legal en Diario Gestión - Actualmente, ocupa la posición de analista legal en el área de Economía en el Diario Gestión.







