
Hace unos días la Sunat anunció que se evalúa modificar la exoneración del Impuesto General a las Ventas (IGV) a la importación de productos por un valor de hasta US$ 200. En entrevista con Gestión, Javier Franco Castillo, superintendente de la Sunat, indicó que no todas estas operaciones responden al objetivo original del régimen.
“Estamos identificando personas que están trayendo con frecuencia bienes que no son para consumo, sino para comercialización”, indicó Franco. “Hay países que no tienen este esquema. Por eso hay que evaluar la pertinencia o no de mantenerlo”, agregó.
No obstante, el implementar un cambio a esta exoneración tributaria -ya sea para rebajar el umbral de los US$ 200 o eliminarlo- enfrenta una dura traba, pues la medida no depende solo del Ejecutivo, sino que debe ser aprobada por el Congreso de la República, subrayaron analistas.
Son dos las vías posibles: que el Ejecutivo presente al Congreso un proyecto de ley o un pedido de facultades legislativas que contemple esta medida.
“En ambos casos tiene que pasar por el Congreso. El beneficio tributario de las importaciones está en una ley. La Sunat no tiene facultades para inaplicar o cambiar la ley con una resolución de superintendencia, no está facultada”, indicó el abogado tributarista Víctor Valdez.
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Cabe recordar que a fines del 2021 el Gobierno de aquel momento presentó al actual Congreso un pedido de facultades legislativas. Uno de los temas contemplados fue modificar la exoneración de impuestos a las importaciones de hasta US$ 200. Este pedido fue rechazado por el Congreso, por lo que no le otorgó facultades legislativas sobre este tema en particular.
Teniendo en cuenta este precedente, resulta poco probable que el actual Congreso cambie de posición. Se tendría que plantear la propuesta en el próximo gobierno a un nuevo Congreso.
“Por el poco tiempo y coyuntura electoral en que estamos, no creo que sea posible que se pueda ver el tema ahora, se tendría que evaluar en el siguiente gobierno”, señaló por su parte Giorgio Balza, abogado tributarista del estudio Cuatrecasas.
¿Se debe modificar la exoneración de impuestos a la importación de hasta US$ 200?
Sobre el planteamiento de la Sunat, Víctor Valdez se mostró en desacuerdo. “El umbral de los US$ 200 es razonable, no me parece alto. Permite que las personas puedan acceder a compras importadas de forma rápida y sin sobrecostos. Algunos bienes incluso no están disponibles en la plaza local”, señaló.
Agregó que gravar con el IGV a un producto implicaría que su precio suba en 18%. Pero el incremento podría ser mayor, si también se deja sin efecto la exoneración del pago del arancel de aduanas, que se ubica en el rango de entre 4.5% y 11% del valor del producto.
Por su parte Giorgio Balza consideró que sí podría contemplarse una medida que mejore la fiscalización de la norma; ya que existe mucha informalidad, pues hay personas que importan con fines comerciales pero no se registran como una empresa.
“Si una persona natural importa para su consumo no hay problema. Pero si importas y luego vendes por internet, dejas de actuar como persona, sino como empresa, allí debería regularse mejor”, apuntó Balza.

Licenciado en periodismo de la PUCP, con más de diez años de experiencia en medios de prensa escritos y digitales.








