
Con el oro casi al triple del precio de 2015, la brecha entre la producción formal y las exportaciones físicas pasó de 36 a 103 toneladas en los últimos 10 años y seguirá creciendo si nada cambia.

- LEA TAMBIÉN: Minsur, del Grupo Breca, intensifica la exploración de estaño: ¿cuáles son sus próximos pasos?
Formalizarse es una decisión de costo y beneficio
El Reinfo se creó en 2016 como medida transitoria y ya suma cinco prórrogas. Inscribe a personas, no a operaciones, y la constancia sirve de escudo frente a la fiscalización.
Su fracaso responde a la misma lógica que mantiene en la informalidad a 7 de cada 10 trabajadores peruanos porque la gente se formaliza cuando el beneficio supera el costo. Para el minero, formalizarse hoy significa asumir permisos y tributos, mientras que el canal informal le sigue comprando todo lo que produce al mismo precio.

El éxito del nuevo intento se medirá por cuántos de los cerca de 31,600 inscritos salen del Reinfo hacia la formalidad y cuántos por exclusión. La formalización requiere que al productor le convenga vender formalmente, que las plantas de beneficio sean el punto de control de la cadena, que una institución acompañe el proceso y que la ley se aplique a quien opera fuera de ella.
Dónde se queda la renta: las plantas de beneficio
En la extracción hay margen para mejorar el ingreso del pequeño productor. La cianuración en planta recupera entre el 85% y el 95% del oro, frente al rango de 30% y 40% con amalgamación de mercurio sobre mineral entero.
Esto no aplica a la minería aluvial de Madre de Dios, pero en corredores filonianos como Nasca, Chala, Ocoña y Secocha, buena parte de los productores ya entrega mineral a plantas con cianuración.
El problema central está en la transformación. En el Perú no existe control efectivo de las plantas de beneficio, conviviendo formales que cumplen estándares internacionales con informales.
Estas últimas procesan mineral de origen no acreditado y liquidan con leyes y descuentos que el productor no puede contrastar.
La Alianza por la Minería Responsable ha documentado en el Perú y países vecinos que la estimación y el pago del contenido metálico son poco transparentes, y que las plantas informales suelen aprovechar esa incertidumbre frente a los productores más vulnerables.
Allí es donde el beneficio de formalizarse puede crecer y hacia allí deben apuntar los incentivos.
¿Qué se puede plantear de nuevo? El ensayo independiente con tarifa publicada, a cargo de laboratorios acreditados, permitiría al productor conocer la ley real de su mineral antes de venderlo. Un precio de referencia diario, publicado por el Minem y ligado a la cotización internacional, reduciría la discrecionalidad del descuento.
Las plantas que compren solo a inscritos con contrato de explotación y reporten su balance de masas accederían a un régimen tributario simplificado.
Los productores formales accederían a crédito de Cofide para la conversión tecnológica y a un premio de precio por oro certificado, colocado a través de refinerías acreditadas en el mercado de Londres.
Donde no hay plantas formales, el Estado puede promover plantas comunitarias o en Asociación Público-Privada (APP). El incentivo debe bastar para que el productor gane más vendiendo formalmente porque ningún trámite simplificado moverá el padrón por sí solo.

La trazabilidad también empieza en la planta. La ley debería exigir que se opere con licencia condicionada a un balance de masas mensual (mineral ingresado, ley ensayada, oro producido) reportado en línea al Minem y a la Sunat, con guías de remisión electrónicas que vinculen cada lote a una operación georreferenciada.
La Ley N° 32537 avanzó en ese sentido al exigir el sinceramiento georreferenciado de las operaciones y ampliar la responsabilidad del adquirente. La discrepancia entre el volumen vendido y la capacidad física de la operación es el indicador más simple de lavado.
Se complementa con huellas geoquímicas del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (Ingemmet), analizadores portátiles de rayos X en cada punto de compra y certificación bajo la guía de debida diligencia de la OCDE. La misma exigencia debe alcanzar a importadores y refinerías de destino, por donde sale la brecha de exportación.
Supervisar un número acotado de plantas es viable, a diferencia de miles de labores dispersas.
Los incentivos sirven para el informal que quiere entrar. Para quien opera fuera de toda regla corresponde hacer cumplir la ley, con la interdicción permanente en zonas de exclusión, el control de mercurio, combustible y explosivos, y el cierre de plantas sin licencia o sin balance de masas. Nada de esto está en manos del Minem.
Intervienen la Sunat, que controla insumos y guías de remisión; la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF); la Fiscalía y la Policía; el MEF, que define el régimen tributario y el mandato de Cofide; el Ministerio del Ambiente (Minam) y el OEFA; los gobiernos regionales, que otorgan y fiscalizan la pequeña minería; y el Congreso de la República. Sin una instancia que coordine a todos con metas y plazos, cada prórroga seguirá siendo un acuerdo entre el Minem y los gremios.
- LEA TAMBIÉN: Grado de inversión de Perú: Moody’s ratifica calificación en “Baa1″, ¿pero qué riesgos hay?
Hacia una Ley MAPE que cierre el registro
La Ley MAPE debe reemplazar el registro de personas por un registro de operaciones, construido sobre el sinceramiento y el censo que ordenó la Ley N° 32537 y vinculado al título minero o al contrato de explotación, con ubicación georreferenciada, capacidad declarada y planta de destino. Una operación que pierda el título o la ubicación declarada saldría del registro.
La norma debe derogar el Reinfo sin nuevas prórrogas ni reincorporaciones de los excluidos. Si los inscritos vigentes requieren una transición, como la que propone el Minem para 2027, esta debe ser distinta del Reinfo, con requisitos exigibles en los primeros 100 días, licenciamiento de plantas durante 2027 y cierre definitivo en 2028-2029.
La Ley MAPE tampoco debe reabrir la legislación de concesiones. A octubre de 2025, solo el 7% de los inscritos operaba en concesiones propias y el resto dependía de concesiones de terceros, y un estudio del Grupo de Diálogo, Minería y Desarrollo Sostenible encontró que el 70% de las concesiones donde laboran los mineros en vías de formalización pertenece a pequeños mineros y mineros artesanales.
Dada la presencia que la minería ilegal ha ganado en el poder político, abrir esa puerta alentaría iniciativas para forzar la cesión de concesiones calificadas equivocadamente como “ociosas”, que el artículo 70 de la Constitución veda al proteger la propiedad. Cualquier acuerdo entre el concesionario y el minero, sea contrato de explotación o cesión, debe seguir siendo voluntario.
Lo que el Estado sí debe ofrecer es acompañamiento. El pequeño productor no tiene geólogo, laboratorio, abogado ni crédito; negocia solo frente a una planta que sí los tiene, y formalizarse le exige instrumentos ambientales y contratos que no sabe preparar. Sin apoyo, el costo de la formalidad recae íntegramente sobre el eslabón más débil.
El proceso avanza cuando una entidad compra, procesa y asiste técnicamente al pequeño productor, como la Empresa Nacional de Minería (ENAMI) chilena o, hasta 1991, el Banco Minero del Perú.
Una entidad adscrita al Minem con ese mandato, que compre solo oro certificado con Cofide como fiduciario, sin riesgo de precio ni recursos del Tesoro, evitaría los problemas del Banco Minero y daría al proceso una credibilidad que el Reinfo nunca tuvo, sin criminalizar a toda la MAPE.
El costo de otra prórroga a ciegas
Por Luis Miguel Castilla, presidente de Hágase Instituto

El Reinfo vence este 31 de diciembre y todo indica que habrá una sexta prórroga. Si se aprueba sin condiciones, el país repetirá lo que ya conoce.
El registro seguirá sirviendo de escudo de impunidad a quienes operan fuera de lo declarado; la brecha entre producción formal y exportación de oro, que ya bordea las 100 toneladas, seguirá creciendo; y los 50,000 registros depurados por no mostrar avance alguno volverán a presionar por su reingreso.
Cada prórroga sin exigencias ha reforzado a quienes lucran con la ilegalidad y ha dejado peor parados a los mineros que sí quieren formalizarse.
Conviene decirlo con claridad. La MAPE es una actividad económica legítima de la que viven cientos de miles de familias. El problema no está en ellas, sino en un sistema que les cobra por formalizarse y no les ofrece nada a cambio, mientras que las plantas de beneficio y el comercio ilegal capturan la renta.
La salida es una prórroga condicionada con cláusula de cierre, que sustituya el registro de personas por uno de operaciones, licencie las plantas de beneficio y cree una entidad que acompañe al pequeño productor. Una prórroga que sea realista en los plazos e irreversible en la dirección.
Esa tarea excede al Minem. El MEF, la Sunat, la Unidad de Inteligencia Financiera, la Fiscalía, los gobiernos regionales y el Congreso tienen responsabilidades propias. Los gremios mineros deben distinguirse de quienes se escudan en ellos, y la academia puede aportar lo que hoy falta: datos y trazabilidad. La minería ilegal es uno de los principales flagelos del país y no se resolverá con otra prórroga a ciegas.







