
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) endureció las reglas para las compañías de seguros al incorporar como infracción grave el no pagar o pagar fuera del plazo los componentes de ahorro y/o inversión de determinados seguros, así como los intereses que correspondan.
Con este cambio en el Reglamento de Infracciones y Sanciones, el supervisor busca reforzar la protección de los asegurados y garantizar que reciban oportunamente los recursos que les pertenecen.
De acuerdo con Alexander Gustavson, gerente de Vida e Inversión de BL Corredores de Seguros, la modificación respondería a un incremento de reclamos relacionados con demoras en la devolución del dinero acumulado en seguros de vida con componente de ahorro o inversión, especialmente cuando el cliente solicita un rescate anticipado o cuando la póliza llega a su vencimiento.
“Lo que está haciendo la SBS es enviar un mensaje claro a las aseguradoras y es que no pueden retener el dinero de los clientes más tiempo del permitido”, explicó.
Añadió que, hasta ahora, podían presentarse casos en los que la compañía devolvía primero el capital aportado y postergaba el pago de la rentabilidad generada, obligando al asegurado a esperar varias semanas adicionales para recibir el monto completo.
Yang Chang, docente de la Universidad de Piura, comentó que la medida es positiva porque “genera un castigo para que la compañía haga su trabajo”, aunque señaló que debería complementarse con mecanismos que faciliten la liquidación de los activos que respaldan este tipo de pólizas, especialmente aquellas de larga duración, donde convertir las inversiones en efectivo puede tomar más tiempo.
Destacó que los seguros de vida con componente de ahorro han ganado espacio en los últimos años porque, además de brindar protección, permiten formar un capital y, en algunos casos, evitar la contratación de un seguro de desgravamen.
Por tanto, considerar como infracción grave el pago tardío de los componentes de ahorro o inversión en determinados seguros representa un incentivo para que las aseguradoras cumplan oportunamente con sus obligaciones, manifestó.
La mencionada disposición no alcanza a todos los seguros de vida, solo aplica a aquellos productos que incorporan un componente de ahorro o inversión.
Estos productos permiten que parte de las primas pagadas por el cliente se acumulen o se inviertan durante la vigencia del contrato, generando una rentabilidad que debe ser entregada al asegurado cuando corresponda.
Plazos
En el caso de las pólizas que llegan a su vencimiento, el especialista explicó que la devolución del ahorro acumulado y de la rentabilidad debe efectuarse dentro del plazo máximo previsto por la regulación, que es de hasta 30 días. Si la compañía excede ese límite o no paga la totalidad de los montos e intereses correspondientes, podrá ser sancionada por la SBS.
Distinto es el escenario de los rescates anticipados, es decir, cuando el asegurado decide retirar parte o la totalidad del dinero antes de que concluya la vigencia del seguro, puntualizó. En estos casos, los plazos de atención y las condiciones dependen de cada producto y de lo establecido en la póliza, aunque también deben respetar los límites regulatorios fijados por la SBS.
Políticas internas distintas
Gustavson precisó que cada aseguradora establece condiciones distintas para los rescates. Algunos productos reducen progresivamente las penalidades hasta permitir el retiro del 100% del ahorro después de determinado número de años, mientras que otros mantienen descuentos durante casi toda la vigencia del contrato.
Por ello, Chang recomendó a quienes contraten estos productos revisar detenidamente las condiciones de la póliza, en particular las cláusulas sobre los plazos de liquidación y entrega de los fondos en caso de solicitar un rescate anticipado.
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Economista de la Universidad de Piura. Actualmente se desempeña como redactor de Finanzas en Diario Gestión.







