
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) redujo el plazo para que las entidades financieras presenten el Reporte Crediticio de Deudores (RCD), con el fin de agilizar las evaluaciones para el otorgamiento de créditos.
Así, el plazo máximo para remitir el RCD pasará de los actuales 15 días calendario posteriores al cierre de cada mes a 13 días desde la información de noviembre de 2026 y a 10 días a partir de la correspondiente a mayo de 2027.
Contar con información más reciente reduce la brecha entre la situación real del cliente y la información disponible para evaluar al cliente, lo que permite realizar evaluaciones mejor informadas y, en muchos casos, más oportunas, sostuvo Víctor Blas, gerente de División de Estrategia y Finanzas en Financiera Confianza.
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Aunque el beneficio alcanzará a todos los usuarios del sistema financiero, el mayor impacto se concentrará en quienes hayan mejorado recientemente su situación crediticia, indicó.
“Aquellos clientes que hayan cancelado deudas o pagado algún atraso van a ver más rápido reflejada esta situación en el RCC, que utilizan las entidades financieras para hacer la evaluación, lo que podría acelerar la aprobación de un nuevo crédito”, explicó.
Menor plazo
El RCD reúne la información sobre los créditos y el comportamiento de pago de los clientes. La SBS consolida esos datos y elabora el Reporte Crediticio Consolidado (RCC), utilizado por las entidades financieras y las centrales de riesgo para evaluar solicitudes de financiamiento con información más actualizada.
Sin embargo, Blas detalla que este proceso toma tiempo. Hoy las entidades pueden enviar el RCD hasta el día 15 de cada mes y la SBS demora aproximadamente entre ocho y diez días calendario en consolidarlo, dijo.
En la práctica, recién alrededor del día 25 las entidades cuentan con el RCC actualizado para ajustar sus políticas de admisión de crédito, acotó.

Con la resolución publicada por la SBS, y si además el regulador mejora sus procesos de consolidación y tratamiento de datos, la información podría estar disponible incluso hacia el día 15 de cada mes.
Entidades
El especialista precisó que la medida favorece tanto a clientes como a entidades financieras. Por un lado, señaló, quienes hayan cancelado una deuda, reducido el número de entidades con las que mantienen obligaciones o simplemente se hayan puesto al día podrán acreditar esos cambios sin esperar varias semanas.
Incluso evitarán que el banco les solicite documentación adicional para demostrar que regularizaron su situación, pues la información ya estará disponible en el sistema, anotó.
Por otro lado, las entidades financieras y fintech podrán gestionar mejor su riesgo crediticio. “Son diez días menos donde la entidad está ciega, respecto de los cambios ocurridos entre un mes y otro”, comentó Blas.
Reducir ese desfase les permitirá tomar mejores decisiones de crédito, mejorar sus acciones de recuperación y disminuir el impacto de las asimetrías de información sobre el riesgo y las provisiones de cartera.

Deudas castigadas
El especialista aclaró que el cambio no implica una rehabilitación inmediata para quienes paguen una deuda castigada, es decir, con más de 120 días de impago.
Para estos casos, las entidades mantienen políticas internas y suelen esperar un tiempo adicional antes de volver a otorgar financiamiento, manifestó.
Por ello, los principales beneficiados con la nueva normativa de la SBS serán los clientes que hayan registrado mejoras recientes en su historial y necesiten que estas sean consideradas cuanto antes en una nueva evaluación crediticia, aseveró.
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Economista de la Universidad de Piura. Actualmente se desempeña como redactor de Finanzas en Diario Gestión.






