
Aunque la obligación no es nueva, la intensificación de las verificaciones ha reactivado interrogantes que permanecen latentes en el ámbito empresarial: ¿Es realmente sencillo cumplir con la cuota en todos los sectores y regiones del país? Más aún, ¿existe información estadística suficiente que permita determinar si la oferta laboral disponible guarda proporción con el número de empresas obligadas?

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El comunicado de Sunafil: ¿qué se pidió a las empresas?
El comunicado de la Sunafil informa a la empresa que se requiere documentación para verificar el cumplimiento de la cuota de empleo de personas con discapacidad establecida en la Ley N.° 29973 y su reglamento.
La entidad recuerda que, en el marco de sus funciones de supervisión y fiscalización del ordenamiento sociolaboral, puede solicitar información para comprobar el cumplimiento de obligaciones laborales, en este caso vinculadas a la contratación mínima del 3% de trabajadores con discapacidad en empresas privadas con más de 50 trabajadores.
Para ello, otorga un plazo de 12 días hábiles desde el día siguiente de recibida la comunicación y detalla una serie de documentos que deben remitirse a través de la casilla electrónica de Sunafil.
Entre ellos figuran reportes del T-Registro y Planilla Mensual de Pagos (PLAME), constancias de alta y baja de trabajadores, certificados de discapacidad, y una relación completa de todos los trabajadores que laboraron durante el 2025, según un anexo con formato específico.
La entidad precisa que la casilla electrónica se habilitará por única vez y no permitirá modificar ni añadir información una vez enviado el expediente.
Finalmente, el comunicado advierte que, de no presentarse la información dentro del plazo otorgado, se emitirá una orden de inspección para iniciar actuaciones inspectivas de investigación, a fin de determinar eventuales responsabilidades administrativas.

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¿Obligación de contratar o deber de fomento?
Brian Ávalos, socio del área laboral de Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados introduce una precisión conceptual: sostiene que la obligación no debe entenderse exclusivamente como una imposición de contratar, sino como un deber de fomento.
Según explica, si la empresa no alcanza el 3%, puede acreditar que realizó gestiones activas —como solicitar apoyo a la Bolsa de Trabajo del Ministerio de Trabajo, publicar convocatorias o evaluar postulantes— y demostrar que no encontró candidatos idóneos. En esos casos, considera que no necesariamente corresponde una multa automática.
Jorge Toyama, socio de Vinatea & Toyama no discrepa en cuanto a la importancia de documentar esfuerzos, pero observa que en la práctica muchas empresas perciben la cuota más como una exigencia formal que como una herramienta de responsabilidad social integrada a su gestión.
Añade que el debate debería considerar si la política pública está correctamente diseñada para que el fomento sea realmente viable en todos los sectores.

La brecha entre la cuota y la oferta disponible
Ávalos sostiene que el debate debe analizarse en términos cuantitativos. Señala que, si se toma el universo de empresas formales con más de 50 trabajadores y se calcula el 3% de sus planillas, el número de trabajadores con discapacidad que deberían estar contratados superaría la cantidad efectivamente disponible en el mercado laboral formal.
De acuerdo con la data de Conadis a 2023, el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad (RNPCD) contenía información de un total de 434,692 personas registradas en ese año, donde después de un proceso de consistencia de los números de documentos de identidad y de la disponibilidad de datos sobre limitaciones que tenían de estas personas (tipo y gravedad), el reporte trabajó finalmente con 433,515 registros de personas con discapacidad con inscripción vigente.
Este último número se caracterizó mayormente por tener limitaciones de destreza (81.4%), tener hasta 7 limitaciones a la vez (28.7%), cuyas limitaciones fueron de gravedad severa (56.8%).
Para Ávalos, esta composición incide en la empleabilidad efectiva, pues una proporción relevante enfrenta limitaciones que dificultan su inserción en determinados sectores productivos.
Añade que, incluso dentro del grupo potencialmente empleable, existe un déficit de capacitación para cubrir puestos técnicos o especializados. “No es que las empresas no quieran contratar; muchas no encuentran candidatos que cumplan los requisitos del puesto”, sostiene.
Toyama coincide en que la cuota uniforme del 3% no distingue entre sectores de bajo riesgo y actividades como minería, construcción u operaciones extractivas, donde la incorporación puede ser operativamente más compleja.
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El rol del Estado y la coherencia institucional
Toyama introduce además un cuestionamiento institucional: antes de exigir el cumplimiento pleno al sector privado, debería validarse el nivel de cumplimiento en el propio Estado, donde la cuota es del 5%.
Observa que no todo el aparato estatal se encuentra bajo el alcance sancionador directo de Sunafil, lo que genera un tratamiento diferenciado.
Ávalos, por su parte, sostiene que el problema central no es la falta de voluntad empresarial, sino la necesidad de reforzar la capacitación y cualificación de las personas con discapacidad.
A su juicio, la solución pasa por una política pública más articulada que identifique las ocupaciones con mayor demanda en el mercado y promueva programas de formación específicos para cerrar esa brecha.
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¿Revisión normativa o fortalecimiento de políticas públicas?
Mientras Toyama considera que la norma debería revisarse para introducir criterios sectoriales y de actividad económica que hagan más realista su aplicación, Ávalos pone el acento en fortalecer los mecanismos de intermediación y capacitación estatal para ampliar la oferta laboral calificada.
Ambos coinciden, sin embargo, en que el debate no puede reducirse a una lógica exclusivamente sancionadora. Más allá de las multas, sostienen que el desafío es estructural y requiere un enfoque que combine fiscalización, formación y políticas públicas coherentes con la realidad productiva del país.

Abogado especialista encargado de Enfoque Legal en Diario Gestión - Actualmente, ocupa la posición de analista legal en el área de Economía en el Diario Gestión.








