
En el mundo de la tecnología, las marcas no solo compiten por liderar el mercado, sino también por proteger su identidad. Bajo ese escenario, Samsung Electronics denunció ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) a la empresa peruana LAJ Import & Export E.I.R.L. por una presunta infracción a sus derechos de marca. ¿Qué dio origen a esta disputa?
El conflicto se inició el 21 de marzo de 2025, cuando Samsung Electronics presentó una denuncia ante el Indecopi contra la empresa peruana LAJ Import & Export E.I.R.L. La multinacional surcoreana afirmó que tomó conocimiento, a través de una Alerta Aduanas de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), de la importación de un lote de auriculares inalámbricos ingresados al país mediante la Declaración Aduanera de Mercancías (DAM) N.° 118-2025-10-10-101586-00, lo que motivó el inicio de las acciones legales.
Según la denuncia, al revisar la mercadería se detectó que los empaques de los auriculares incorporaban códigos QR que, al ser escaneados, dirigían a páginas donde aparecían las denominaciones Samsung, Galaxy y Galaxy Buds 3, todas vinculadas al portafolio de marcas de la compañía. Samsung sostuvo que tal relación podía generar una asociación con sus productos y vulnerar sus derechos marcarios, por lo que solicitó al Indecopi inspeccionar la mercadería y dictar medidas cautelares para impedir su comercialización mientras se resolvía el caso.
Descargos de la empresa peruana ante el Indecopi
La respuesta de LAJ Import & Export no tardó en llegar. El 30 de abril de 2025, la empresa peruana apeló las medidas cautelares dictadas por la Comisión de Signos Distintivos del Indecopi al considerar que la decisión se sustentaba en una valoración errónea de las pruebas presentadas por Samsung. Entre sus principales argumentos, sostuvo que la multinacional no acreditó tener exclusividad sobre la denominación Galaxy, ya que existen otras marcas registradas que también incorporan ese término.
Asimismo, cuestionó que los auriculares importados estuvieran identificados con los signos Samsung y Galaxy, por lo que rechazó que existiera una infracción a los derechos marcarios de la compañía surcoreana. La empresa también alegó que los productos materia de la controversia debían ser considerados genéricos, razones por las que solicitó revocar las medidas cautelares impuestas mientras continuaba la evaluación del caso.

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¿Qué resolvió el Indecopi?
La controversia dio un nuevo paso el 23 de enero de 2026, cuando la Sala Especializada en Propiedad Intelectual del Indecopi declaró infundada la apelación presentada por LAJ Import & Export y confirmó las medidas cautelares dictadas en primera instancia. De esa manera, se mantuvo la inmovilización, el cese de uso y el comiso de los auriculares cuestionados, medidas que habían sido ordenadas el 27 de marzo de 2025 mientras se investiga la presunta infracción marcaria.
Al evaluar el caso, la Sala concluyó que Samsung acreditó ser titular de las marcas invocadas y que existían indicios suficientes para presumir una posible infracción. Entre ellos, destacó que los códigos QR impresos en los empaques dirigían a páginas donde aparecían las denominaciones Samsung y Galaxy Buds 3, precisando además que, en casos similares, ya había establecido que un código QR que redirige a una página donde figura una marca constituye una forma de uso del signo.
Sin embargo, la autoridad aclaró que este pronunciamiento no resuelve el fondo del caso, por lo que aún deberá determinarse si LAJ Import & Export incurrió o no en una infracción a los derechos de marca de Samsung.
¿En qué etapa se encuentra el caso?
Aunque la Sala Especializada en Propiedad Intelectual confirmó las medidas cautelares a favor de Samsung, la controversia aún no ha sido resuelta de manera definitiva. En su resolución del 23 de enero de 2026, el Indecopi precisó que este pronunciamiento se limita a evaluar si existían elementos suficientes para mantener la inmovilización, el cese de uso y el comiso de los auriculares, mas no determina que LAJ Import & Export haya incurrido en una infracción a los derechos de marca de la multinacional.
En ese sentido, el procedimiento principal continúa en trámite y será en esa instancia donde el Indecopi deberá analizar los argumentos y las pruebas presentadas por ambas partes para establecer si efectivamente existió una vulneración a las marcas de Samsung. Hasta que ello ocurra, las medidas cautelares permanecerán vigentes y el conflicto seguirá sin una decisión definitiva.
¿Qué dice Samsung Perú sobre este caso?
Gestión se comunicó con Samsung Perú para conocer su postura sobre la controversia. La empresa sostuvo que “Indecopi determinó en primera instancia que LAJ vulneró derechos de Samsung mediante el uso no autorizado de nuestras marcas y productos que podían generar confusión sobre su origen”.
Asimismo, señaló que la decisión se encuentra en apelación, proceso que, afirmó, “respetamos y en el que confiamos”, y aseguró que continuará protegiendo sus marcas y a los consumidores frente a prácticas que puedan inducirlos a error.

Periodista. Hoy escribo para la sección negocios en el diario Gestión del Grupo El Comercio. Antes en RPP Noticias, diario El Comercio y La República.







