
A partir del 2026, se comienza a cobrar un nuevo tributo sobre la negociación de varios activos financieros, ¿cuál es el alcance de la medida?
De acuerdo con una disposición reciente de la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV), las contribuciones mensuales al supervisor por efecto de determinadas operaciones quedaron fijadas.
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En las operaciones al contado con valores de renta variable (acciones), las contribuciones serán del 1% sobre una tasa previamente establecida (1.35%) en otra norma.
Esa contribución de 1.35%, a su vez, había sido modificada en el 2024, fijándose una tasa de 0% que estaría vigente hasta el 31 de diciembre del 2025.
En suma, a partir del 2026, se pasará de no cobrar una contribución a la SMV a sí tener que pagarla, explicó Luis Miguel Garrido, asociado senior del estudio Rubio Leguía Normand.
En eso mismo coincidió Víctor Valdez, socio en Osorio & Valdez asociados.

Operaciones
La contribución referida se aplica sobre las operaciones que realicen por cuenta propia los agentes de intermediación.
Garrido precisó que, por ejemplo, las sociedades agentes de bolsa no solo compran acciones por mandato de un tercero, sino que las adquieren para luego ofrecerlas a sus clientes.
“Si bien quien la paga y la recauda (la contribución) es el comitente, o sea, el bróker o la casa de bolsa, en realidad se traslada inversionista”, afirmó Valdez.
“Si tú accedes al mercado bursátil y empiezas a negociar valores, entonces debes asumir el costo de que ese mercado en el que tú interactúas esté supervisado y funcione correctamente según los parámetros del regulador. Por eso en realidad esta (contribución) se va a trasladar automáticamente a los inversionistas, porque son ellos los usuarios”, sostuvo el especialista.
Una fuente de casas de bolsa, que prefirió mantener el anonimato, coincidió en que la contribución se cobrará al cliente final.
“Cuando tú (como inversionista) recibes la póliza de compra o de venta, existen varios rubros: pago a la bolsa de valores, pago de comisión a la corredora de bolsa, etc, y (esta contribución que se va a comenzar a cobrar) es un rubro más”, explicó.
En tal sentido, afirmó que es un costo que no asumirá la corredora bursátil.
“(Esa contribución) es un rubro que no entra como un ingreso para la casa de bolsa. El intermediario lo cobra porque tiene el contacto con el cliente. Posteriormente, lo transfiere a la entidad (que en el caso de la contribución es la superintendencia)”, señaló.
Garrido, por su parte, consideró que si bien es esperable que ese tributo se traslade no es 100% seguro, tomando en cuenta que es un porcentaje muy pequeño.
Carlos Arata, socio senior del área corporativa del Estudio Muñiz, estimó que el porcentaje establecido implica que, por ejemplo, por S/ 1 millón negociado de acciones, ahora se pagará S/ 1.35 a la SMV.
“Creo que materialmente no es gran cosa (el cobro de las contribuciones). Donde sí afecta es a la sociedad agente de bolsa porque tiene que ir modificando sus sistemas para el cobro a sus inversionistas, a sus clientes. Y eso conlleva modificaciones y cambios operativos“, opinó Mario Persivale, gerente general de BTG Pactual Perú y presidente de la Asociación de Sociedades Agentes de Bolsa del Perú (Asab).

ETF
La última disposición de la SMV también alcanza a los ETF, que son fondos de inversión que cotizan en bolsa, tal como lo hacen las acciones.
Sobre dichos fondos también se pasará de no pagar una contribución a la SMV a sí tener que tributar el 1% sobre un 1.35% previamente fijado, pero temporalmente eliminado hasta finalizar este año.
Dicha contribución se aplica a los comitentes por las operaciones al contado que realicen con unidades de participación de ETF.
Valdez opinó que, en el caso particular de los ETF, lo que habría visto el regulador es un mercado “más maduro” que ya podría soportar ese mayor costo. La norma sobre contribuciones por los servicios de supervisión que presta la SMV data del 2000, cuando la institución se llamaba Conasev. Desde entonces, se han venido realizando diversas modificaciones sobre el documento.
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SMV confirma contribución para fondos mutuos
Sobre operaciones al contado que realicen con valores representativos de deuda o crédito emitidos por el Gobierno Central, la SMV comenzará a cobrar una contribución de 1% sobre una tasa previamente establecida de 0.5% que se iba a comenzar a exigir desde el 2026.
El Estado regularmente emite deuda soberana en el mercado de valores. Dichos instrumentos usualmente son adquiridos por inversionistas institucionales.
La SMV además ha determinado que la contribución aplicable a patrimonios autónomos, fondos mutuos de inversión en valores y fondos de inversión, es de 0.245% hasta el 31 de diciembre de 2026. En este caso, se ha extendido esa misma tasa un año más.
En suma, la superintendencia comenzará a recaudar una contribución por operaciones con acciones, ETF e instrumentos de deuda soberana. A estos productos afectará la medida.

Economista con trayectoria en periodismo y medios digitales.








