
Con millones de peruanos acudiendo este domingo a las urnas para elegir al próximo presidente de la República, una de las interrogantes que surge conforme avanza la jornada electoral es qué ocurrirá si la diferencia entre los dos candidatos resulta extremadamente reducida.
¿Existe una cantidad mínima de votos para declarar a un ganador? ¿Puede una elección presidencial definirse por apenas unos sufragios? ¿La ley obliga a repetir los comicios si el resultado es muy ajustado?
La respuesta es no. La Ley Orgánica de Elecciones no establece una diferencia mínima de votos para proclamar al presidente de la República. En una segunda vuelta, resulta elegida la fórmula presidencial que obtenga más votos válidos que su contendora.

LEA TAMBIÉN: Elecciones 2026: material electoral solo se entrega si hay tres miembros de mesa presentes
Una diferencia pequeña no invalida el resultado
A diferencia de lo que muchas personas creen, la legislación electoral peruana no exige una ventaja determinada para declarar a un ganador.
La segunda vuelta tiene precisamente como finalidad garantizar que uno de los dos candidatos obtenga una mayoría de votos válidos. Una vez realizado el escrutinio y el cómputo oficial de los votos, el resultado se define por la cantidad de sufragios obtenidos por cada fórmula presidencial.
Por ello, desde una perspectiva legal, una elección puede resolverse por una diferencia amplia, por miles de votos o incluso por una distancia mucho menor, sin que ello afecte por sí mismo la validez del resultado.
La ley solo exige mayoría de votos válidos
El artículo 17 de la Ley Orgánica de Elecciones establece que el presidente y los vicepresidentes de la República son elegidos mediante sufragio directo, secreto y obligatorio, requiriéndose más de la mitad de los votos válidos para resultar elegidos, sin contabilizar los votos nulos y blancos.
Precisamente porque ninguno de los candidatos alcanzó ese umbral en la primera vuelta, se convocó a la segunda elección prevista por la legislación electoral.
El artículo 18 señala que, en esos casos, debe realizarse una nueva elección entre los dos candidatos que obtuvieron la votación más alta.
LEA TAMBIÉN: Depósitos a plazo en dólares se disparan antes de elecciones, ¿quiénes se protegen?
¿Se repite la elección si la diferencia es muy ajustada?
La Ley Orgánica de Elecciones no contempla la repetición automática de una segunda vuelta presidencial por el simple hecho de que la diferencia entre candidatos sea reducida.
La normativa electoral se enfoca en determinar cuál fue la voluntad expresada por los ciudadanos en las urnas a través del conteo de votos válidos. Por ello, una ventaja estrecha no constituye una causal para repetir la elección.
En caso existan observaciones, actas impugnadas o recursos presentados ante las autoridades electorales, estos deben seguir los procedimientos establecidos por el sistema electoral antes de la proclamación oficial de resultados.
El conteo oficial de la ONPE será determinante
Conforme avancen los resultados oficiales, la atención estará puesta en el procesamiento de actas y el cómputo final de votos. Sin embargo, desde el punto de vista legal, el criterio es claro: la legislación peruana no exige una diferencia mínima para proclamar a un ganador.
Así, si la segunda vuelta termina siendo una de las más ajustadas de los últimos años, el resultado seguirá dependiendo de quién obtenga más votos válidos en el cómputo oficial realizado por las autoridades electorales.
LEA TAMBIÉN: Fujimori vs Sánchez: ¿Subirán los alquileres de malls tras las elecciones? Esto dice el mercado







