
El Poder Judicial declaró inadmisible una demanda de amparo presentada por el alcalde de Lima, Renzo Reggiardo, contra el Jurado Nacional de Elecciones, con la que pedía la nulidad del acuerdo del Pleno del JNE que descarta realizar elecciones complementarias en los distritos de la capital afectados por las fallas logísticas de la ONPE en la jornada del 12 de abril.
Según el documento, existe una falta de precisión respecto a la condición bajo la cual actuó Reggiardo en este proceso, dado que se mezcla la representación institucional de la Municipalidad de Lima con una como ciudadano particular.
“Esta distinción es sustancial para determinar la personería, la capacidad de representación y la eventual condena de costos. Es posible considerar una eventual afectación personal y concreta como persona natural y como autoridad; empero, en el presente caso, no se observa que esa sea la situación”, reza el auto inadmisible del PJ.
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Además, precisaron que no se adjunta un documento formal que autorice a Renzo Reggiardo a apersonarse en calidad de tal, por lo que el PJ considera que hay una “dualidad incompatible”.

La Corte Superior de Justicia de Lima - Quinto Juzgado Especializado en lo Constitucional reiteró que el pedido para elecciones complementarias no está sustentado normativamente en la demanda.
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Por ello, lo instaron a que debe precisar cuál es el control constitucional requerido y cuáles serían sus efectos jurídicos. “Deberá precisar cuál es el ejercicio constitucional a realizar, esto es, si se aplicará o inaplicará una norma, si se hará un control de constitucionalidad o convencionalidad y cuáles sus consecuencias resultantes”, mencionaron.
“Concédase un plazo de tres días a la parte demandante para subsanar en los términos precisados, bajo apercibimiento de archivar el expediente”, concluyó el PJ.







