
Esto se debe a que ambas jurisdicciones fueron creadas después de los últimos comicios, una tiene más de tres años de fundada, mientras que la otra apenas supera el año.
Se trata de Alto Trujillo, en la provincia de Trujillo, región La Libertad, y Santa Rosa de Loreto, en la provincia de Mariscal Ramón Castilla, región Loreto. En ambos casos, los ciudadanos elegirán por primera vez a un alcalde y a sus respectivos regidores distritales.
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ALTO TRUJILLO: MÁS DE 25,000 ELECTORES
Alto Trujillo fue creado oficialmente el 15 de diciembre de 2022 y cuenta actualmente con 25,193 electores habilitados. En las próximas elecciones, ellos elegirán por primera vez a un alcalde y a nueve regidores distritales.
Para este proceso, la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE) La Esperanza ha previsto la instalación de 84 mesas de sufragio en seis locales de votación.
NUEVO DISTRITO EN ZONA DE FRONTERA
En el caso de Santa Rosa de Loreto, el distrito fue creado el 31 de julio de 2025, con el objetivo de consolidar la presencia del Estado peruano en la zona fronteriza con Colombia y Brasil.
La jurisdicción tiene una extensión de 380.54 kilómetros cuadrados y registra 2,494 electores hábiles, quienes podrán votar en nueve mesas de sufragio distribuidas en dos locales de votación. Uno de estos estará ubicado en el centro poblado Puerto Alegría.
La organización de los comicios en esta jurisdicción estará a cargo de la ODPE Mariscal Ramón Castilla. Los electores elegirán a un alcalde y cinco regidores distritales.
¿QUIÉN ADMINISTRA AHORA AMBOS DISTRITOS?
Desde su creación y hasta que las nuevas autoridades asuman funciones, el 1 de enero de 2027, ambas jurisdicciones son administradas transitoriamente por sus respectivas municipalidades provinciales.
Es decir, Trujillo, en el caso de Alto Trujillo, y Mariscal Ramón Castilla, en el caso de Santa Rosa de Loreto.
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De otro lado, las listas de candidatos a las municipalidades de los dos nuevos distritos deben cumplir con la cuota de género –50 % de hombres y 50 % de mujeres de forma intercalada.
En el caso de la cuota de jóvenes, por lo menos, el 20 % de candidatos a regidores deben tener entre 18 y 29 años, pero no la cuota de comunidades nativas, comunidades campesinas y pueblos originarios, que se aplica únicamente para las candidaturas de determinadas regiones y provincias.







