
El Congreso de la República publicó la Ley que modifica el artículo 36 de la Ley de Elecciones Municipales, y la Ley de Organizaciones Políticas, para garantizar la renovación democrática de autoridades en los gobiernos municipales.
Esto se da a través de la Ley Nº 32657 publicada en una edición del boletín de Normas Legales del Diario El Peruano.
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También por la inasistencia de votantes al acto electoral supere el cincuenta por ciento, los votos nulos o en blanco, sumados o separadamente, superen los dos tercios del número de votos emitidos.
En cuanto a la modificación del artículo 13 de la Ley 28094, Ley de Organizaciones Políticas, se menciona el apartado de causales de la inscripción de un partido: “Cuando el partido político no participe en las elecciones regionales en, por lo menos el 30% de las regiones; y en las elecciones municipales”.
Dicha norma lleva la rúbrica del presidente encargado del Congreso de la República, Fernando Rospigliosi.







