
El fiscal de la Nación, Tomás Gálvez, decidió archivar la investigación contra la expresidenta Dina Boluarte y sus exministros por el caso del aumento de sueldo presidencial aprobado durante su gobierno.
Como se recuerda, el 4 de julio del 2025 el Ejecutivo, mediante un decreto supremo firmado por Dina Boluarte y el entonces ministro de Economía, Raúl Pérez Reyes, oficializó que la remuneración del presidente suba de 15,600 soles a 35,568 soles mensuales.
Ante ello, el Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del partido Voces del Pueblo presentó una denuncia penal contra Boluarte y su gabinete por los presuntos delitos de negociación incompatible o aprovechamiento indebido del cargo, alegando que se habría vulnerado la Ley 28212, que fija que el sueldo presidencial no debe pasar de Unidades Remunerativas del Sector Público (URSP), equivalentes a 26,000 soles.
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Por ello, se dispuso el archivo de todas las actuaciones realizadas en el caso y la anulación de cualquier anotación o registro informático vinculado al mismo.
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De acuerdo con la resolución, el fiscal Gálvez Villegas concluyó que el trámite para el incremento salarial empezó en marzo de 2024, a través de un oficio del Despacho Presidencial a Servir para aprobar su Cuadro de Puestos, y no en febrero de 2025, como sostuvieron los denunciantes, lo que descarta la supuesta celeridad o trato preferente y resta credibilidad a la denuncia.
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Sobre la presunta infracción a la Ley 28212, el fiscal explicó que el Congreso estableció excepciones específicas mediante la Ley de Presupuesto 2025, por lo que la limitación invocada por el denunciante no resulta aplicable, debido a que la compensación económica del presidente se regula por la Ley 30057 (Ley del Servicio Civil), bajo el cual se emitió el decreto supremo.
También se precisó que los testimonios de funcionarios clave, como el presidente de SERVIR y el director de Programación de Gestión Fiscal del MEF, entre otros, coincidieron en que las etapas del proceso de compensación económica presidencial se ajustaron estrictamente a la normativa vigente, descartando irregularidades.
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Con todo ello, el fiscal concluyó que no se acreditó un interés ilícito, debido a que la valorización fue un acto colegiado en el que intervinieron varios funcionarios de distintas entidades que sustentaron sus decisiones de manera independiente mediante informes técnicos y legales.









