El Poder Judicial rechazó el recurso presentado por Nicanor Boluarte para archivar la investigación en su contra. Foto: Archivo GEC.
El Poder Judicial rechazó el recurso presentado por Nicanor Boluarte para archivar la investigación en su contra. Foto: Archivo GEC.

El Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional declaró infundado el recurso de excepción de improcedencia de acción presentado por , hermano de la (2022-2025), con el que buscaba poner fin a la investigación que afronta por el .

La investigación fiscal está vinculada a la supuesta designación de subprefectos y prefectos regionales, quienes habrían sido incorporados a una estructura destinada a favorecer la inscripción de una organización política.

LEA TAMBIÉN: Partido vinculado a Nicanor Boluarte usó franja electoral: Recibió más de 1 millón de soles

De acuerdo con la hipótesis del Ministerio Público, los nombramientos habrían tenido como objetivo que los funcionarios recabaran fichas de afiliación y realizaran aportes económicos para el proceso de inscripción del partido Ciudadanos por el Perú.

La fiscalía también sostiene que la presunta organización contaba con un componente legal liderado por el abogado Mateo Castañeda, quien habría buscado obstaculizar las investigaciones desarrolladas por el desaparecido Equipo Especial de Fiscales contra la Corrupción del Poder (Eficcop).

En su recurso, la defensa de Nicanor Boluarte argumentó que el Ministerio Público habría incurrido en excesos al modificar la imputación conforme se emitían resoluciones judiciales o cambios normativos, bajo la figura de adecuación de hechos.

No obstante, el juzgado concluyó que el titular de la acción penal tiene la facultad de adecuar la calificación jurídica de los hechos ante modificaciones legislativas, siempre que ello ocurra antes de la culminación de la investigación preparatoria.

LEA TAMBIÉN: Balcázar: Si devolviéramos aportes de la ONP la gente se quedaría sin seguro y sin pensión

Asimismo, la instancia judicial rechazó el argumento de la defensa respecto a que los cargos públicos involucrados no habrían sido utilizados con fines ilícitos. Según la resolución, existen elementos que sustentan la tesis fiscal de que dichas posiciones habrían servido para obtener aportes económicos en beneficio de la presunta organización.

En esa línea, el juzgado señaló que el uso de cargos estatales para obtener ventajas financieras constituye una “finalidad ilícita” y se aparta del ejercicio legítimo del derecho de asociación política.

TE PUEDE INTERESAR

Fujimori vs. Sánchez: 3 indicadores que determinan quién tiene la agenda económica más viable
Julio Velarde defiende autonomía del BCRP tras recibir doctorado honoris causa en Ayacucho
IFC acelera su apuesta de inversiones en Perú en 2026 pese a elecciones: marca las “condiciones”

Estimado(a) lector(a)

En Gestión, valoramos profundamente la labor periodística que realizamos para mantenerlos informados. Por ello, les recordamos que no está permitido, reproducir, comercializar, distribuir, copiar total o parcialmente los contenidos que publicamos en nuestra web, sin autorizacion previa y expresa de Empresa Editora El Comercio S.A.

En su lugar, los invitamos a compartir el enlace de nuestras publicaciones, para que más personas puedan acceder a información veraz y de calidad directamente desde nuestra fuente oficial.

Asimismo, pueden suscribirse y disfrutar de todo el contenido exclusivo que elaboramos para Uds.

Gracias por ayudarnos a proteger y valorar este esfuerzo.