
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) aprobó los lineamientos para reducir hasta en 95% las multas aplicables a determinadas infracciones previstas en la Ley General de Aduanas y en la Ley para la Lucha contra la Evasión y para la Formalización de la Economía.
La norma establece beneficios aplicables a las infracciones detalladas en su anexo, incluyendo a las cometidas antes de su vigencia, siempre que se cumplan las condiciones previstas para cada caso y se efectúe el pago voluntario del monto rebajado de la multa correspondiente.
Esta medida complementa el proceso de optimización del régimen de sanciones aduaneras iniciado con la modificación a la Tabla de Sanciones aplicables a las infracciones previstas en la Ley General de Aduanas, dispuesta por el Decreto Supremo N° 076-2026-EF, aprobado por el Ministerio de Economía y Finanzas, publicado el último 1 de mayo.
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Dicha modificación incorporó mejoras orientadas a fortalecer los criterios de razonabilidad y proporcionalidad en la aplicación de sanciones, reduciendo la cuantía de determinadas multas e incorporando precisiones a algunos códigos de infracción, a fin de que las sanciones guarden correspondencia con la gravedad de las conductas infractoras.
Así, por ejemplo, en el caso de la persona natural que destine por primera vez mercancías restringidas por un valor de hasta US$ 200,00 mediante declaración simplificada, puede subsanar su infracción con el pago de una multa equivalente al 5% de la UIT, cuando la multa imponible es de 1 UIT.








