
La Sunarp aprobó una serie de cambios al Reglamento de Inscripciones del Registro de Derechos Mineros (RIRDM), con los que se podrán optimizar las acciones registrales y modernizar los mecanismos de gestión para un acceso más rápido y efectivo.
A través de la resolución N° 00065-2026 – Sunarp, se autorizó la modificación de 10 artículos del RIRDM y se incorporaron cuatro disposiciones, entre las que resaltan:
- La actualización de la organización de las partidas registrales y del contenido de los asientos, adecuándolos al nuevo Sistema Minero Web.
- La precisión de que el plazo de vigencia de la anotación preventiva de los petitorios mineros se contabiliza desde la fecha de su inscripción.
- El establecimiento de la técnica de inscripción para el registro de concesiones mineras.
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- La posibilidad de realizar la calificación en otras zonas registrales para actos vinculados a acumulación, fraccionamiento, división y contratos de riesgo compartido.
- La armonización de las disposiciones reglamentarias con el ordenamiento jurídico vigente.

Según Sunarp, esta reforma apunta a modernizar el sistema registral minero a través de la simplificación de trámites, digitalización de procesos y la incorporación de herramientas tecnológicas en pro de la seguridad jurídica.
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Aseguraron también que se podrá reducir tiempos y costos para los usuarios, y se incorpora información estructurada para la automatización registral y adecúa el marco normativo al nuevo Sistema Minero Web.







