
El Gobierno aprobó un nuevo modelo de Convenio de Gestión para administrar las Infraestructuras Pesqueras Artesanales, en coordinación entre el Ministerio de la Producción (Produce) o los gobiernos regionales, Fondepes y las organizaciones de pescadores artesanales, según Resolución Ministerial 00317-2026-Produce, publicada en el diario oficial El Peruano.
El nuevo modelo será de aplicación nacional, por lo que deberán acogerse a esta medida las organizaciones de pescadores artesanales que inicien el trámite para suscribir un convenio con Produce o los gobiernos regionales.
Según la nueva disposición, los convenios suscritos bajo la norma anterior que estén vigentes conservarán su validez hasta que concluya el plazo originalmente establecido.
Las partes podrán adecuar los convenios vigentes al nuevo modelo mediante una adenda, sin ampliar ni reducir su plazo de duración, garantizando el cumplimiento de las obligaciones y la continuidad de la gestión administrativa de la infraestructura pesquera artesanal.
La norma otorga al titular de la Dirección General de Pesca Artesanal facultades para administrar los convenios relacionados con las infraestructuras pesqueras artesanales que pertenecen al Ministerio de la Producción.
Entre sus funciones se encuentran suscribir nuevos Convenios de Gestión bajo el modelo aprobado, así como firmar adendas para adecuarlos, modificarlos o renovarlos. También podrá resolver estos acuerdos cuando corresponda, cumpliendo previamente con las acciones administrativas necesarias.
Asimismo, la autoridad podrá recibir las instalaciones, equipos y mejoras de las infraestructuras que no hayan sido transferidas, además de gestionar la entrega de los saldos de cuentas administradas por las organizaciones de pescadores artesanales.
Por otro lado, si un convenio termina o es resuelto, la entidad asumirá de inmediato la posesión y administración de la infraestructura para asegurar la continuidad del servicio público, así como las acciones necesarias para su recuperación, entrega y gestión.
Finalmente, la Dirección, junto con las áreas correspondientes, aprobará mediante resolución directoral las medidas complementarias necesarias para implementar las obligaciones de las organizaciones de pescadores y de los administradores de las infraestructuras.








