
El Ministerio de la Producción (Produce), dispuso la reactivación de la pesca del calamar gigante o pota, tras los resultados de los estudios científicos realizados por el Instituto del Mar del Perú (Imarpe) en el marco de la Operación Calamar Gigante V.
La medida forma parte del Plan de Reactivación Pesquera y Acuícola impulsado por el Gobierno para recuperar la actividad productiva de ese recurso.
Mediante la Resolución Ministerial N.° 00304-2026-PRODUCE, se amplió el Límite Máximo de Captura Total Permisible (LMCTP) para el 2026 a 709,659 toneladas, de las cuales 82,321 toneladas estarán disponibles para su extracción entre el 30 de agosto y el 31 de diciembre.
Evaluación del Imarpe
La decisión, según el sector, se sustenta en la evaluación científica del Imarpe, que determinó la disponibilidad de ejemplares adicionales para la captura sostenible.
“Estamos reactivando una actividad fundamental para miles de familias, pero lo hacemos con reglas que permitan aprovechar responsablemente el recurso y garantizar su sostenibilidad”, afirmó el ministro de la Producción, Juan Carlos Requejo.

Cuota distribuida
La cuota adicional será distribuida según la capacidad de bodega de las embarcaciones y en dos periodos. Así, según la capacidad hay dos asignaciones:
- Para embarcaciones menores de 10 m³ se asignaron 19,757 toneladas.
- Para embarcaciones de entre 10 y 32.6 m³ dispondrán de 62,564 toneladas.
Durante el primer periodo, entre el 30 de agosto y el 30 de septiembre, se permitirá la extracción de 9,878 toneladas para las embarcaciones menores de 10 m³, y 31,282 toneladas para aquellas entre 10 y 32.6 m³.
Para el periodo entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre, se asignarán 9,879 y 31,282 toneladas, respectivamente. El volumen no extraído durante el primer periodo podrá acumularse para la etapa siguiente.

Impedirán concentración
Además, el Ministerio de la Producción estableció medidas específicas para impedir una concentración excesiva del esfuerzo pesquero, como son las siguientes:
- Las embarcaciones tendrán límites máximos de captura por faena de 6 toneladas más una tolerancia de 0.5 toneladas para embarcaciones menores de 10 m³.
- Tendrán límite de 9 toneladas aquellas naves de pesca entre 10 y 20 m³ más una tolerancia de 1 tonelada
- 15 toneladas más una tolerancia de 1.5 toneladas para las embarcaciones mayores de 20 y hasta 32.6 m³, además de un número máximo de zarpes por periodo.
“Queremos evitar una carrera por capturar la mayor cantidad posible de recurso en el menor tiempo. Por eso hemos establecido una distribución ordenada de la cuota, límites por faena y controles sobre los zarpes”, anotó el titular de Produce.
Afirmó que la reactivación debe generar trabajo e ingresos, pero sin poner en riesgo la sostenibilidad del recurso ni saturar la capacidad de procesamiento y almacenamiento.
trazabilidad
Además, Produce informó que monitoreará permanentemente el avance de la extracción y podrá suspender las actividades cuando se alcance o se estime alcanzar la cuota autorizada, así como ante recomendaciones científicas del Imarpe por factores biológicos, pesqueros o ambientales.
La norma establece, además, mecanismos de trazabilidad desde el zarpe hasta el procesamiento del recurso, incluyendo el registro de desembarques, control del transporte en vehículos isotérmicos registrados, supervisión en plantas de procesamiento y vigilancia en puntos de desembarque autorizados.







