
Tal como lo adelantó Gestión, el Gobierno de Perú elevó ante el Congreso de la República su proyecto de ley para aprobar un crédito suplementario por S/ 8,228.4 millones. La mira está sobre el impulso a la infraestructura, el fortalecimiento de la seguridad ciudadana, salud, educación y otros servicios y obligaciones esenciales.
La medida se enmarca en la proposición 00005-2026-2031-CR, ingresado la tarde de este miércoles 30 de setiembre.
El texto detalla que los recursos podrán transferise a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional y gobiernos regionales.
En este sentido, un articulado establece que los titulares de los pliegos habilitados en el crédito suplementario aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados. Esto, dentro de los cinco días calendarios contados desde la vigencia de la presente ley.
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Distribución
Uno de los artículos aborda la autorización, excepcional, al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis), a través del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, a otorgar una subvención económica adicional de S/ 350 a favor de las personas usuarias de dicho programa.
“La misma que se entrega en forma conjunta con la subvención económica regular correspondiente al periodo de pago de noviembre-diciembre de 2026”, se lee en el documento.
Otro artículo autoriza al Ministerio de Energía y Minas (Minem) a realizar transferencias financieras a favor del Fondo para la Estabilización de Precios de los Combustibles Derivados del Petróleo (FEPC).

De igual manera, se autoriza al Ministerio de la Producción (Produce) a efectuar transferencias financieras a favor de los Núcleos Ejecutores de Compras del Programa Nacional “Compras a MYPErú”.
“Para financiar la adquisición de bienes manufacturados (kits escolares, conformados por buzo, polo, mochila escolar, zapatos y cuadernos) producidos por las micro y pequeñas empresas, así como los gastos de gestión administrativa, inspección y supervisión a cargo del referido programa”, se precisa.
Asimismo, se autoriza al Ministerio de Educación (Minedu) a “efectuar desembolsos de manera directa, bajo la modalidad de subvenciones, a nombre del personal responsable designado de la institución educativa pública” para financiar las acciones de mantenimiento preventivo y/o correctivo orientadas a reducir las condiciones de vulnerabilidad de la infraestructura educativa por precipitaciones pluviales y peligros asociados en el contexto del Fenómeno El Niño 2026-2027-
También se contempla el otorgamiento de una bonificación extraordinaria al personal administrativo del Sector Educación sujetos al régimen del Decreto Legislativo N° 276. El monto asciende a los S/ 300 a cada uno.
Emisión de bonos
En el marco de este proyecto de ley, también se plantea la aprobación de una emisión interna y/o externa de bonos que, en una o más colocaciones, efectúe el Gobierno nacional hasta por S/ 4,428.73 millones.
Esto se destinará al financiamiento de la ejecución de proyectos de inversión y programas de inversión en el ámbito del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; ejecución de Inversión de Optimización, Ampliación Marginal, Rehabilitación y Reposición (IOARR) y ejecución de Intervenciones de Reconstrucción mediante Inversiones (IRI).

También contempla gasto corriente no permanente que demande la ejecución de mantenimiento de infraestructura escolar, bajo la modalidad de subvenciones a Directores, en el marco del Fenómeno El Niño 2026-2027, y la organización de los XX Juegos Panamericanos Lima 2027 y los VIII Juegos Parapanamericanos Lima 2027. La referida emisión puede ser realizada hasta el 31 de diciembre de 2027.






