
Se abre un nuevo frente de tensión entre el Congreso y el Ejecutivo, esta vez en el campo tributario. El pleno del Congreso tiene en agenda un dictamen, elaborado en base al proyecto de Ley 536/2021-CR, el cual busca excluir al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) de la facultad de modificar las tasas del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) vía decretos. En adelante, los cambios al ISC solo podrían realizarse mediante nuevas leyes aprobadas en el Congreso, señala la iniciativa legislativa.
La lista de bienes a los que grava el ISC incluye a los combustibles, bebidas alcohólicas, bebidas azucaradas, tabaco, automóviles, entre otros.
Si el pleno del Congreso aprueba el dictamen, la autógrafa de ley luego será enviada al Ejecutivo, el cual tendrá que decidir si acepta o rechaza (vía una observación) el perder esta facultad de política tributaria.
La propuesta es respaldada por el gremio de las micro y pequeñas empresas (mypes). El ISC actualmente se incrementa por decisión casi exclusiva del MEF, sin un debate amplio ni participación del Congreso, cuestionó Daniel Hermoza, presidente del gremio Mypes Unidas del Perú. Esto, a su juicio, desnaturaliza la función constitucional del Congreso en materia tributaria.
“El ISC tiene una particularidad. No es un impuesto recaudatorio, es un impuesto social que lo que busca es menguar, digamos, los efectos nocivos que podría tener el exceso de consumo. No el consumo, sino el exceso de consumo”, señaló Hermoza.
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Efecto del cambio de facultades sobre el ISC
El alza del ISC retrae el consumo del producto, pues al subir el precio, la demanda se reduce. Este efecto es el temido por el gremio de las mypes, por el impacto en las ventas de las bodegas a nivel nacional.
El gremio de las mypes advierte que otro impacto es el aumento del contrabando y la informalidad. Hermoza mencionó que, hace dos semanas, gremios como el suyo tuvieron una reunión con el superintendente de la Sunat, donde plantearon su preocupación por el incremento del ISC. Señaló que, mientras se elevan los impuestos a productos, como el caso de los cigarros, el Estado no logra evitar el ingreso ilegal de cigarrillos de contrabando que se venden a una cuarta parte del precio de los formales.
“Esos cigarros son consumidos sin control sanitario, no pagan impuestos. La gente que quiere fumar, no puede, porque es muy caro. Y lo que estamos fomentando es la informalidad. Lo mismo pasa con las bebidas”, cuestionó.
Agrega que se ha generado un contexto adverso para la sostenibilidad de los pequeños negocios. Según Hermoza, el impuesto, tal como se aplica actualmente, no ha sido suficientemente conversado ni consensuado con los sectores afectados, especialmente con las mypes y las bodegas que dependen principalmente de la venta de estos productos.

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El gremio de las mypes defiende que sea solo el Congreso quien pueda modificar el ISC basándose en tres principios:
- Principio de legalidad tributaria: sostienen que cualquier cambio en porcentajes o montos del ISC debe hacerse únicamente vía ley, no por decreto supremo, lo que consideran un respeto estricto a la reserva de ley en materia tributaria.
- Predictibilidad: si los cambios en el ISC dependen de leyes, los contribuyentes, incluidas las mypes, pueden anticipar mejor las variaciones, especialmente en costos clave como los combustibles, que tienen impacto directo en sus estructuras de costos.
- Seguridad jurídica: la adhesión a normas más estables, menos expuestas a modificaciones rápidas, les daría estabilidad normativa y la sensación de que estas no cambiarán de forma repentina, lo cual permite planificaciones económicas de mediano plazo.
Por su parte Mauricio Cavero Blumenfeld, abogado tributarista socio del estudio Aramburú, Castañeda, Boero Abogados, plantea un escenario mixto si prospera la iniciativa que restringe al Ejecutivo de tener injerencia en el ISC.
Entre las ventajas, se tendría:
- Mayor seguridad jurídica: menos exposición a cambios repentinos en las tasas del ISC, lo que reduce la incertidumbre normativa.
- Mejor planificación y costos más previsibles: al depender de leyes, los cambios serían menos frecuentes y anunciados, lo que facilitaría la elaboración de presupuestos y proyecciones, especialmente en rubros sensibles como combustibles.
- Percepción de respeto al principio de legalidad: refuerza la idea de que los tributos solo cambian por decisión expresa del Congreso, lo cual, conceptualmente, agrada a los contribuyentes.
Sin embargo, también podría establecerse un escenario de desventajas:
- Pérdida de agilidad: el Congreso, por su propia dinámica política y de procedimientos, es mucho más lento que el Ejecutivo. Ante un shock de precios o una necesidad de corregir una distorsión en el mercado, la reacción legislativa para subir o bajar el ISC sería tardía.
- Impacto económico por reacción lenta: la falta de capacidad de ajuste rápido podría agravar crisis de precios (por ejemplo, en el caso de combustibles), afectando directamente los costos de las mypes si no se reduce a tiempo el ISC para compensar alzas internacionales.
- Menor capacidad de usar el ISC como instrumento de política pública: al depender solo de leyes, los ajustes de incentivos o desincentivos (tabaco, alcohol, combustibles, etc.) quedarían atados a procesos más largos y menos flexibles.
“Lo que tendrían es seguridad jurídica, porque justamente no están sujetos a cambios repentinos de tasas y les permite hacer mejores planificaciones económicas. Eso va de la mano con una evidente predictibilidad para anticipar costos. Pero, por otro lado, la reacción del Congreso ante eventos económicos dentro del mercado internacional que podrían de alguna u otra manera mitigarse a través de las modificaciones del selectivo al consumo no van a ser tan rápidas, y eso sí los puede afectar”, remarcó el abogado.
Cabe precisar que, por mandato constitucional, el Legislativo siempre mantiene la capacidad de crear, modificar o derogar tributos, incluido el ISC, mediante leyes. Lo que existe actualmente es un esquema en el que:
- El Congreso conserva la potestad legislativa tributaria general.
- La ley del IGV e ISC ha otorgado al Ejecutivo una facultad complementaria para ajustar tasas y montos del ISC vía decretos supremos, por razones de agilidad.

Bachiller en Periodismo por la Universidad Jaime Bausate y Meza, con seis años de experiencia en prensa radial, escrita, digital e instituciones públicas.







