
El crecimiento de los alquileres turísticos temporales mediante plataformas digitales como Airbnb viene transformando el mercado del hospedaje en el Perú, especialmente en distritos con alta demanda turística y corporativa.
Frente a este avance, el Congreso de la República aprobó a nivel de comisiones un dictamen que busca establecer una regulación específica para esta actividad, incorporando registros digitales, requisitos mínimos de seguridad y obligaciones para anfitriones y plataformas tecnológicas.
La propuesta legislativa ya se encuentra lista para entrar al Pleno del Parlamento. El texto, que reúne tres proyectos de ley, plantea crear un marco normativo para formalizar el arrendamiento turístico temporal, proteger a los consumidores y ordenar el funcionamiento de este mercado que ha crecido de manera acelerada en los últimos años.

Airbnb, Booking y más bajo el radar
El dictamen propone crear una ley específica para regular el arrendamiento turístico temporal en el Perú, es decir, el alquiler de casas, departamentos o habitaciones por cortos periodos mediante plataformas digitales como Airbnb o Booking.
La propuesta diferencia esta actividad del hospedaje tradicional y la define como un arrendamiento de menos de 90 días con fines turísticos. Además, se establecería que este tipo de alquiler se regirá por una norma propia y no por las reglas aplicables a hoteles u hospedajes tradicionales.
Para ello, el proyecto plantea crear el Registro Digital del Arrendamiento Turístico (Redat), administrado por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur). Los propietarios o terceros autorizados que deseen ofrecer este servicio deberán registrarse mediante una declaración jurada digital, proporcionando información sobre el inmueble y el arrendador.
Además, se pretende incorporar derechos mínimos para los consumidores, reglas de protección al usuario, mecanismos para prevenir explotación sexual de menores y obligaciones vinculadas a transparencia e identificación de los anfitriones.
El texto también busca establecer sanciones para quienes incumplan la futura ley, incluyendo multas de hasta 7 UIT (S/ 38,500, al valor 2026) en casos considerados muy graves.
Además, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) mantendría competencia para sancionar infracciones relacionadas con protección al consumidor y publicidad engañosa. Finalmente, el dictamen contempla incentivos para quienes se registren formalmente, como programas de promoción y difusión turística impulsados por entidades públicas.
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¿La regulación realmente aportaría algo nuevo?
Uno de los principales puntos de debate alrededor del dictamen es si esta nueva regulación realmente crea derechos o mecanismos distintos a los que ya existen actualmente en el marco legal peruano.
Alex Sosa, socio del estudio Muñiz, considera que varias de las disposiciones incluidas en el proyecto ya se encuentran cubiertas por el Código de Protección y Defensa del Consumidor. Según explicó, derechos como recibir el inmueble conforme a lo ofrecido, acceder a información clara o no sufrir discriminación ya forman parte de las obligaciones que hoy tienen los proveedores frente a los consumidores.
“El proyecto dice que asegura derechos adicionales, pero en realidad termina recogiendo reglas que ya existen en la normativa de consumo”, comentó.
Como ejemplo, el abogado señaló que, si una propiedad anunciada en una plataforma no cumple las características prometidas, actualmente ya podría configurarse un incumplimiento al deber de idoneidad o incluso publicidad engañosa.
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Formalización y seguridad jurídica
Desde fuentes cercanas al sector de alquileres temporales, la lectura es distinta. Consideran que el principal aporte del dictamen no está necesariamente en crear nuevos derechos para el consumidor, sino en darle seguridad jurídica a una actividad que hoy funciona sin reglas claras y bajo interpretaciones distintas dependiendo de cada autoridad.
Según indicaron, actualmente existen municipalidades, gobiernos regionales y entidades que interpretan de manera diferente el alquiler temporal, generando incertidumbre para propietarios y anfitriones. En algunos casos, incluso se ha intentado equiparar esta actividad con hoteles o establecimientos de hospedaje tradicionales.
Por ello, sostienen que el proyecto ayudaría a “ponerle nombre y apellido” a la actividad, diferenciándola expresamente del hospedaje tradicional y estableciendo un marco legal específico para alquileres temporales menores a 90 días.

¿Habrá más costos para los anfitriones?
Otro de los cuestionamientos gira en torno al posible impacto económico que tendría la regulación para quienes alquilan propiedades mediante plataformas digitales.
Las voces que van alineadas con el dictamen resaltaron que realmente no generaría costos directos importantes para los anfitriones. Además, afirman que muchos de los requisitos de seguridad ya existen en edificios o condominios modernos, como extintores, señalización o planes de evacuación.
También sostienen que establecer estándares mínimos —como detectores de humo, botiquines o mecanismos de emergencia— ayudaría a elevar la calidad y seguridad del servicio sin representar una carga significativa.
Sosa, sin embargo, advierte que el problema no solo pasa por el costo que asumiría el propietario, sino también por el gasto público que implicaría fiscalizar esta nueva regulación. “El proyecto no desarrolla cuánto costaría implementar toda esta estructura estatal ni cuántos funcionarios se necesitarían para supervisar la actividad”, señaló.
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Incentivos todavía generan dudas
El dictamen también plantea beneficios para quienes se registren formalmente, como programas de promoción turística o difusión por parte del Mincetur.
No obstante, Sosa considera que aún no queda claro si esos incentivos realmente serán suficientes para convencer a quienes hoy operan informalmente de ingresar al registro y asumir nuevas obligaciones.
A su juicio, muchas plataformas digitales ya realizan promoción y difusión de alojamientos, por lo que el incentivo estatal podría terminar teniendo un alcance limitado.
Las voces del sector, en cambio, insistieron que el verdadero incentivo no es la publicidad estatal, sino la seguridad jurídica que daría operar dentro de una actividad formalmente reconocida por ley.
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Un proyecto con respaldo, pero sin prioridad
Pese a las diferencias sobre algunos puntos del contenido, tanto las fuentes cercanas al sector como el abogado coinciden en que el debate todavía está abierto y que el proyecto podría requerir ajustes antes de una eventual aprobación final.
Actualmente, el dictamen ya fue aprobado en comisiones y se encuentra en Orden del Día del Congreso, aunque todavía no ha sido incluido en agenda para debate del Pleno.
Desde el sector sostienen que la demora podría hacer que se pierda una oportunidad para formalizar una actividad que ya mueve millones de dólares y tiene impacto en turismo y empleo. Para Sosa, en cambio, el tiempo también puede servir para revisar con mayor detalle si todas las disposiciones propuestas realmente son necesarias y eficientes.

Abogado especialista encargado de Enfoque Legal en Diario Gestión - Actualmente, ocupa la posición de analista legal en el área de Economía en el Diario Gestión.







