
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) publicó hoy un proyecto normativo que permitirá ampliar las alternativas mediante las cuales los usuarios podrán acceder a productos y/o servicios financieros, pero ¿qué se dispone exactamente?
La propuesta permitirá que las empresas de operaciones múltiples, bancos de inversión, empresas de seguros y EAF (empresas administradoras de fondos) puedan comercializar productos y/o servicios financieros de terceros, sean estos supervisados o no por la SBS.
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Asimismo, habilita que las EAF utilicen a terceros para comercializar sus productos o servicios, ampliando sus canales de distribución y facilitando el acceso de más personas a estos.

Para ello, las empresas supervisadas podrán celebrar comisiones de confianza, alianzas comerciales, vínculos contractuales u otros mecanismos similares, manteniendo en todo momento la responsabilidad sobre la adecuada gestión de los riesgos derivados de estos acuerdos.
Además, deberán implementar mecanismos para gestionar los riesgos asociados, prevenir conflictos de intereses, cumplir con las reglas de conducta de mercado y supervisar adecuadamente los servicios gestionados por terceros, resguardando así la protección de los usuarios y la continuidad de sus operaciones.
El proyecto también propone modificar el reglamento de comercialización de productos de seguros para incorporar expresamente a los bancos de inversión y a las EAF. Además, se permite que las EAF comercialicen, a través de terceros, aportes voluntarios sin fin previsional.
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Con esta iniciativa, la SBS busca impulsar esquemas de comercialización más modernos, ampliar las opciones disponibles para los usuarios y facilitar el acceso a una mayor variedad de productos y servicios financieros.

El proyecto está publicado en el portal institucional de la SBS (https://www.sbs.gob.pe/normativa-y-estandares/normativa/prepublicacion-de-proyectos-normativos) y estará disponible hasta el próximo 10 de agosto para recoger los comentarios y sugerencias.







