
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) emitirá, del 2 al 14 de mayo de 2026, la franja electoral correspondiente a las elecciones primarias de las Elecciones Regionales y Municipales (ERM) 2026. Para tal efecto, aprobó el plan de medios que establece la distribución de tiempos y espacios en medios de comunicación y medios digitales para las organizaciones políticas en las 26 circunscripciones en las que participarán.El referido plan fue aprobado mediante Resolución Jefatural N.° 000070-2026-JN/ONPE y puede ser visualizado en el siguiente enlace:https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9877913/8066285-plan-de-medios-de-la-franja-electoral-ep-erm-2026.pdf?v=1777337007
De acuerdo con el Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios, el plan de medios constituye el instrumento de carácter estratégico que define la selección y asignación de espacios en medios de comunicación (radiales y televisivos) y medios digitales (redes sociales), a fin de que las organizaciones políticas con candidaturas inscritas difundan sus planes de gobierno y propaganda electoral.
Para su elaboración, la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios conformó el Registro de Proveedores de medios de comunicación y medios digitales de las elecciones primarias de las ERM 2026. Y posteriormente, el 31 de marzo, determinó –mediante sorteo público– el orden de aparición de las organizaciones políticas en la franja que se difundirá en cada una de las 26 circunscripciones.
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El monto aprobado para la transmisión de esta franja electoral es de S/ 19′075,000. 00. Tras un análisis exhaustivo de los costos por impacto en las plazas de Lima y Callao, se determinó que los presupuestos finales asignados (S/ 1′009,337. 88 para Lima y S/ 684,554.91 para Callao) hacían técnicamente inviable una pauta tradicional en canales de señal abierta masiva.
En ese marco, la asignación de tiempos se efectuó conforme a lo establecido en el artículo 24 de la Ley de Organizaciones Políticas y en el numeral 52.3 del Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios, aprobado mediante Resolución Jefatural N.° 000030-2025-JN/ONPE y sus modificatorias.Para tal efecto, la distribución se realizó en función a la cantidad de electores de las primarias, distribuidos en cada una de las 26 circunscripciones, y la asignación fue ajustada de acuerdo a la modalidad de elección comunicada por cada organización política, conforme a lo dispuesto en el artículo 52 del Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios, que establece la siguiente distribución de tiempos, distribuido entre todas las organizaciones políticas con candidaturas inscritas en cada circunscripción:
- Modalidad A (afiliados y no afiliados): 100% de asignación
- Modalidad B (solo afiliados): 50% de asignación.
- Modalidad C (delegados): 25% de asignación.

Al respecto, se advierte que el 99.86 % de las organizaciones políticas optó por la modalidad C, lo que generó una reducción aproximada del 75% del presupuesto inicial asignado en cada una de las circunscripciones, generando un monto final de presupuesto de S/ 4′057,521.69, por lo que, los saldos no ejecutados mantienen su naturaleza de Recursos Públicos.Posteriormente, se realizó la selección de medios en cada circunscripción, considerando el número de organizaciones políticas participantes y el orden de aparición.
Para ello, se analizó la oferta de los medios incorporados al Registro de Proveedores, mediante Resolución Gerencial N.° 000002-2026-GSFP/ONPE, aplicando criterios de costo-eficiencia, validación de audiencia, cobertura, entre otros.En el caso de las elecciones primarias de las ERM 2026, su implementación garantiza condiciones de acceso equitativo a los espacios de difusión, en observancia de los principios de igualdad, neutralidad y transparencia que rigen la actuación estatal en materia electoral, indicó la ONPE.
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Elecciones primarias
Mediante Decreto Supremo N.° 0001-2026-PCM, se convocó a las Elecciones Regionales y Municipales 2026 (ERM 2026), a fin de elegir gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales, así como alcaldes y regidores a nivel nacional.
En ese marco, la Vigésima Disposición Transitoria de la Ley N.° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, establece la aplicación de elecciones primarias para estos comicios, las cuales cuentan con una franja electoral con un periodo de vigencia desde 15 días hasta 2 días previos a la votación.







