
Este miércoles, la Defensoría del Pueblo presentó un informe sobre el lavado de activos en el Perú, y cuestionó las limitaciones judiciales que no permiten un correcto ejercicio para condenar a los implicados, así como las afectaciones que reciben los involucrados sin que exista una sentencia.
Josué Gutiérrez, defensor del Pueblo, sostuvo que hay una asimetría procesal de 3.54% porque no existe relación entre las sentencias condenatorias (234) frente a las 6,616 investigaciones fiscales acumuladas solo entre 2019 y 2025.
“Si se retrocede hasta 1991, vemos que ese 3.54% se va licuando a menos del 1% de efectividad”, mencionó.
En datos del INPE, 54 de 142 ciudadanos presos por lavado de activos no tienen sentencia condenatoria, lo que alerta sobre las ineficiencias del sector. Del total de internos, el 23.34% son comerciantes.
Gutiérrez resaltó que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) perjudica a los investigados con el congelamiento de cuentas, dado que no son notificados de este accionar a pesar de aún no encontrarse en etapa de investigación fiscal.
“No hay disposición fiscal ni nada, pero la afectación resulta parte del ciudadano. Pueden llegar a quebrar (los negocios) en una semana porque no sabes que iniciaste a ser investigado por lavado de activos”, refirió.
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La Defensoría del Pueblo instó a la UIF a motivar debidamente las medidas de congelamiento administrativo de fondos o activos, y adecuar sus instrumentos normativos para preservar los derechos fundamentales de las personas investigadas.
A su turno, el fiscal de la Nación, Tomás Gálvez, insistió en la necesidad de reformular la labor fiscal y judicial para la investigación de lavado de activos, y recordó que los casos de Ollanta Humala y Keiko Fujimori no tuvieron “nada que ver” con este delito.







