Indecopi recordó que los pagos anticipados deben aplicarse íntegramente a la reducción del capital de la deuda, conforme a la normativa de protección al consumidor. Foto: Indecopi.
Indecopi recordó que los pagos anticipados deben aplicarse íntegramente a la reducción del capital de la deuda, conforme a la normativa de protección al consumidor. Foto: Indecopi.

La confirmó, en segunda instancia, una multa de 6.89 UIT (S/ 37,895) contra el por vulnerar los derechos de una clienta en Tacna al aplicar de forma incorrecta un pago anticipado de su préstamo.

De acuerdo con la resolución, el pago anticipado permite al consumidor amortizar directamente el capital de la deuda, lo que reduce el monto total de intereses y puede acortar el plazo del crédito.

No obstante, en este caso, la usuaria efectuó un prepago de S/ 35,383.59 y el banco destinó S/ 18,801.20 al cobro de intereses y seguros, aplicando solo S/ 16,582.39 a la reducción del capital.

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Para la Sala, esta actuación contravino la normativa vigente, ya que la totalidad del prepago debió emplearse en disminuir la deuda principal. Con ello, el BCP incurrió en una infracción al deber de idoneidad previsto en los artículos 18 y 19 del Código de Protección y Defensa del Consumidor.

Indecopi recordó que los pagos anticipados deben aplicarse íntegramente a la reducción del capital de la deuda, conforme a la normativa de protección al consumidor. Foto: Indecopi.
Indecopi recordó que los pagos anticipados deben aplicarse íntegramente a la reducción del capital de la deuda, conforme a la normativa de protección al consumidor. Foto: Indecopi.

Además de la sanción económica, ordenó que el banco devuelva a la cuenta de ahorros de la denunciante cualquier monto cobrado o retenido de manera indebida como consecuencia de la incorrecta aplicación del pago anticipado, en un plazo máximo de 15 días hábiles.

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La decisión fue emitida mediante la Resolución N.° 3129-2025/SPC-INDECOPI, la cual puede consultarse en el siguiente .

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