
La medida fue oficializada mediante el Decreto Supremo 097-2026-PCM, publicado en el boletín de Normas Legales del Diario El Peruano este jueves.
La declaratoria se da en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Amazonas, Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Piura, San Martín, Tacna, Tumbes, Ucayali y la Provincia Constitucional del Callao.
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La disposición tiene como finalidad la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de reducción del riesgo existente, clasificado como muy alto, así como de respuesta y rehabilitación que correspondan.
Se precisa que estas “deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes”.
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En otro de los artículos se indica, además, que la implementación de las acciones previstas en la norma se financia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al tesoro público.
La norma lleva la firma del presidente José María Balcázar; del titular del Consejo de Ministros, Luis Arroyo, y la de nueve ministros de los sectores involucrados en estas acciones.







