
Cosco Shipping Ports Chancay Perú S.A. (CSPCP) operadora del Terminal Portuario Multipropósito de Chancay (TPMCH) emitió un comunicado en el que responde al fallo judicial que restituyó el derecho de la supervisión a dicho puerto por parte del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositrán).
La empresa refirió que ha tomado conocimiento de la resolución emitida por la Segunda Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima con relación al proceso de amparo que interpuso contra Ositrán.
Como informó Gestión, la citada sala constitucional concluyó que Ositrán podía continuar ejerciendo sus funciones de regulación, supervisión y fiscalización sobre el puerto de Chancay, al considerar que la empresa no acreditó la existencia de una amenaza cierta e inminente contra sus derechos fundamentales por lo que declaró improcedente la demanda de amparo que la misma planteó.
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En su comunicado, CSPCP clarifica que ha recurrido a instancias judiciales para hacer valer sus derechos específicamente en relación con la supervisión de Ositrán al citado terminal portuario.
El haber acudido a dichas instancias, anota Cosco, no afecta la autoridad del Estado para ejercer supervisión e inspección en todos los aspectos operativos, ambientales, tributarios, entre otros, incluyendo oficinas otorgadas al interior del puerto para Sunat (Aduanas), APN, DIRANDRO, SENASA, Policía Fiscal, Migraciones y Autoridades Sanitarias, acorde a la competencia de cada una de las instituciones.
La compañía remarca que el TPMCH tiene una naturaleza totalmente privada, y está sujeto a condiciones de plena competencia en el mercado peruano, por lo cual considera que “la pretensión de Ositrán de ejercer potestades más allá de las indicadas en la Ley del Sistema Portuario Nacional afecta derechos constitucionales y vulnera el principio de legalidad”.
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Una sentencia de esta naturaleza -declara la empresa- afecta no sólo aspectos funcionales y financieros, sino también el marco jurídico en el que los inversionistas confían.
Asimismo, añade, la sentencia no ha desarrollado los temas de fondo que sustentaron el amparo presentado por CSPCP, incluyendo el marco legal vigente al momento de la inversión y las competencias ejercidas por las autoridades del Estado.
Por las razones expuestas, y en uso de los mecanismos previstos por el marco jurídico vigente, CSPCP indica que recurrirá a la siguiente instancia constitucional en la que confía, pueda abordarse integralmente la demanda, “convencidos de la solidez de nuestros argumentos legales, así como en la capacidad del Poder Judicial para su exhaustiva revisión”.
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CSPCP concluye su comunicado señalando que reafirma su compromiso de respetar y cumplir la normativa nacional, manteniendo al servicio del país una infraestructura portuaria moderna y eficiente según el mayor estándar internacional, que constituye una herramienta para el progreso del país.







