
El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) declaró carentes de razonabilidad diversas restricciones horarias impuestas por la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) para el funcionamiento de discotecas, salones de baile y establecimientos similares, así como para la venta y expendio de bebidas alcohólicas en el Cercado de Lima y Lima Metropolitana.

La decisión, contenida en la Resolución N.° 0272-2026/SEL-INDECOPI, concluyó que la comuna limeña no acreditó la existencia de una problemática concreta que justificara las limitaciones establecidas en las Ordenanzas N.° 235 y N.° 1568.
En consecuencia, el Indecopi declaró carentes de razonabilidad tres medidas: la limitación del horario de apertura de discotecas y establecimientos similares; la restricción de los horarios de venta de bebidas alcohólicas en el Cercado de Lima; y la aplicación de esas mismas limitaciones al resto de distritos de Lima Metropolitana.
No obstante, la sala aclaró que su decisión no elimina las competencias de las municipalidades para regular horarios de funcionamiento o establecer restricciones a la venta de bebidas alcohólicas.
Lo que exige es que dichas medidas cuenten con un sustento objetivo y cumplan con los criterios de razonabilidad previstos en el Decreto Legislativo N.° 1256 sobre eliminación de barreras burocráticas.
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